El Gobierno Nacional a través del Consejo de Gabinete aprobó este martes el proyecto de ley Nº07-25, que ordena la transferencia de fondos extraordinarios a la Caja de Seguro Social (CSS) para reforzar parcialmente los costos del Programa de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) correspondientes a los meses de febrero a diciembre de 2025.
La CSS sostuvo que esta transferencia de recursos es necesaria debido a la demora que ha tenido el proyecto de ley que modificará la Ley Orgánica de esta entidad y que permitiría obtener nuevas fuentes de ingresos.
Debido a este retraso, que obedece a la dinámica o metodología aprobada por el Órgano Legislativo que incluyó una extendida etapa de consulta ciudadana, la situación se ha tornado insostenible, en vista de que el déficit ha sido afrontado con las reservas de ese subsistema, explicó la CSS.
Se calcula que las prestaciones económicas para sufragar los fondos del programa de IVM para este año 2025 serán de B/.2,748,149,964.00. Sin embargo, las reservas no son suficientes para la cobertura del 100% de las pensiones, estimándose un déficit del 22%; es decir, la suma de B/.615,670,291.00 en todo el 2025.
Proyecto de "urgente necesidad"
Ante esta situación, este proyecto de ley responde a una necesidad urgente de atender a los pensionados, garantizándoles la continuidad del acceso a una pensión digna, para los meses de febrero a diciembre de 2025, mientras se culmina con el proceso de aprobación del proyecto de ley que modifica, adiciona y deroga artículos de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, que reforma la Ley Orgánica de la CSS y dicta otras disposiciones.
Se explica que los fondos transferidos a la CSS, bajo este proyecto de ley, se destinarán de forma exclusiva al financiamiento del programa de IVM, cuyo objetivo es cubrir parcialmente los costos de la pensión de los beneficiarios del programa IVM, correspondientes a los meses de febrero a diciembre de 2025.
Transferencia tiene plazo
La transferencia de los fondos extraordinarios deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir de la promulgación de la presente ley.
El proyecto de ley establece que los recursos extraordinarios transferidos deberán ser utilizados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, Orgánica de la CSS.
Cualquier modificación o reasignación de los fondos transferidos deberá ser aprobada, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley 454 de 14 de noviembre de 2024, que dicta el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal 2025.