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Economía Radiografía -  12 de marzo de 2024 - 12:42

DGI: Plazo para pago de impuestos para personas naturales vence este viernes

Publio de Gracia, director de la DGI, destacó que la omisión en la presentación de la declaración de renta conlleva sanciones monetarias.

Por Vivian Jaén
vjaen@medcom.com.pa

Publio de Gracia, director de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), anunció que el plazo para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias (impuestos) llega a su fin este viernes 15 de marzo de 2024.

De Gracia destacó que la omisión en la presentación de la declaración de renta conlleva sanciones monetarias, subrayando la importancia de que los ciudadanos presenten sus declaraciones y realicen los pagos correspondientes de acuerdo con sus ingresos antes de la fecha límite.

Plazos en la DGI

"Las personas naturales tienen hasta este viernes 15 de marzo para cumplir con su obligación de presentar su declaración de renta y efectuar el pago correspondiente", advirtió De Gracia. "Las personas naturales tienen hasta este viernes 15 de marzo para cumplir con su obligación de presentar su declaración de renta y efectuar el pago correspondiente", advirtió De Gracia.

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El director de la DGI resaltó la mayor trazabilidad que ofrece la factura electrónica, enfatizando que los contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones tributarias para contribuir al bienestar del país.

"Este año, hemos observado un aumento significativo en las declaraciones de renta en comparación con el año pasado. Un total de 3 mil personas más han cumplido con este deber fiscal", subrayó De Gracia. "Este año, hemos observado un aumento significativo en las declaraciones de renta en comparación con el año pasado. Un total de 3 mil personas más han cumplido con este deber fiscal", subrayó De Gracia.

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Horarios

Los sábados 16 y 23 de marzo y 6 de abril de 2024, la entidad atenderá de 9:00 de la mañana, a 1:00 de la tarde.

Cabe destacar que, la declaración debe contener información sobre las rentas obtenidas durante el período fiscal anterior, así como las utilidades distribuidas entre accionistas o socios y cualquier otro dato necesario para determinar el impuesto, como lo contempla el Artículo 710 del Código Fiscal.

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