El Ministerio de Salud (Minsa) recordó que, a partir de este miércoles 13 de agosto, comenzará a regir en todo el país la Resolución No. 146 de 31 de enero de 2025, que establece las normas para el uso, comercialización, promoción, publicidad y consumo de dispositivos electrónicos de administración o no de nicotina, así como de productos de tabaco calentado, nicotina oral, consumibles, envases de recarga y sus accesorios, con o sin nicotina en Panamá.
“Donde no se puede fumar, tampoco se puede vapear”, enfatizó el Minsa, al detallar que la normativa prohíbe el uso de estos dispositivos en todos los espacios donde ya está prohibido fumar tabaco convencional.
Reglas clave para comerciantes y usuarios
La Resolución 146 introduce disposiciones estrictas que deberán cumplir tanto los negocios como los consumidores:
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Sin exhibición al público: Los productos no podrán estar a la vista ni al alcance de clientes. Solo se permitirá mantenerlos en vitrinas o anaqueles cerrados durante los primeros dos años de vigencia. La exhibición indebida podría derivar en decomisos y sanciones.
Prohibido su uso en lugares libres de humo: La restricción se extiende a oficinas públicas y privadas, centros educativos, hospitales, transporte público, restaurantes, bares, centros comerciales, estadios, iglesias, hoteles, discotecas y espacios deportivos.
Venta restringida a mayores de edad: Los establecimientos deberán colocar avisos visibles y verificar la edad del comprador mediante cédula, pasaporte o licencia de conducir.
Cero publicidad y promoción: La prohibición incluye cualquier tipo de promoción directa o indirecta, en empaques, redes sociales, medios tradicionales o digitales.
Vigilancia y sanciones
El Minsa advirtió que las autoridades sanitarias y aduaneras supervisarán el cumplimiento de la norma, con base en el Código Sanitario y el Decreto Ley No. 1 de 13 de febrero de 2008, que crea la Autoridad Nacional de Aduanas.
Las sanciones pueden incluir decomisos, clausuras, multas y destrucción de productos incautados, dependiendo de la gravedad de la infracción.
La resolución también debe interpretarse junto a otras leyes vigentes, como la Ley 13 de 2008 para el control del tabaco, el Decreto Ejecutivo No. 230 de 2008 que establece ambientes 100% libres de humo, y el propio Código Sanitario con sus modificaciones.
Con esta regulación, el Minsa busca frenar la normalización de dispositivos que pueden generar dependencia y atraer a menores de edad, reforzando la protección de la salud pública.