El reciente fallo de la CSJ sobre la concesión otorgada a Panama Ports marca, según el abogado Norman Castro, un precedente clave en la gestión de los puertos y en la defensa de la Constitución. A juicio del jurista, la sentencia responde a una necesidad histórica de revisar contratos que comprometen bienes públicos estratégicos del país.
Según el abogado, el contrato ley 5 de 1997 otorgaba prerrogativas excesivas a la empresa concesionaria, limitando los beneficios que debía recibir Panamá. Señaló que el acuerdo dejaba al país en una posición desventajosa frente a la explotación de sus propios bienes públicos. Y, subrayó que el trabajo se realizó por honor y sin expectativas de retribución, con el objetivo de que se hiciera justicia y se garantizara un trato equitativo conforme a lo establecido en la Carta Magna.
Antecedentes que influyeron en la acción legal
El abogado recordó que la concesión tiene casi 30 años de vigencia, pero indicó que el contexto cambió tras los fallos relacionados con otros contratos ley, particularmente en el sector minero. A su juicio, esos casos evidenciaron la necesidad de revisar acuerdos que afectan directamente al interés nacional.
A su vez, mencionó que la experiencia con contratos declarados inconstitucionales, pero que continuaron operando por años, fue un factor determinante para cuestionar la legalidad de la concesión portuaria. Añadiendo que los puertos tienen un valor estratégico para Panamá, al estar estrechamente vinculados al Canal y manejar una parte significativa del comercio internacional que transita por el país.
Alcances reales del fallo de la CSJ
El jurista aclaró que la decisión de la Corte Suprema se limita exclusivamente a esta concesión y no afecta de forma automática a otros contratos portuarios vigentes. Explicó que cada concesión tiene características jurídicas y operativas distintas.
Detalló que Panamá Ports solicitó en su momento una equiparación de condiciones con otros operadores, lo que derivó en beneficios adicionales y ajustes en sus obligaciones económicas con el Estado. Sin embargo, sostuvo que la comparación no era equivalente, ya que otras concesiones implicaron inversiones significativas en infraestructura, mientras que Panamá Ports recibió puertos ya operativos y en funcionamiento.
Constitución y seguridad jurídica
Ante las preocupaciones sobre la reputación del país, el abogado señaló que la seguridad jurídica no se ve afectada cuando se respeta la Constitución, sino cuando se permite que contratos o leyes la contradigan. Castro enfatizó que ninguna concesión, por relevante que sea desde el punto de vista económico, puede estar por encima del orden constitucional. Recordó que tanto las autoridades como los ciudadanos están obligados a acatar la ley suprema.
Desde su perspectiva, el problema de seguridad jurídica se originó al aprobarse un contrato que, según dijo, ignoró principios básicos establecidos en la Constitución.
Pasos que debe seguir el Ejecutivo
Explicó que, una vez el fallo quede ejecutoriado y sea publicado en Gaceta Oficial, corresponde al Ejecutivo aplicar la decisión conforme a derecho. Valoró positivamente los anuncios realizados por el presidente de la República sobre la designación de un administrador interino y la gestión temporal de los puertos por parte de una empresa internacional.
Y, expresó que el objetivo es que se realice una licitación transparente, que permita al Estado recibir mejores beneficios por el uso de sus bienes públicos y garantice una administración acorde con la Constitución.





