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Tribunal Electoral reitera sobre publicación de encuestas

La divulgación de sondeos en línea o informales que realicen los medios de comunicación, no se requerirá el registro establecido, aclara el Tribunal Electoral.

El Tribunal Electoral (TE) reitera a la población que para la publicación de sondeos de opinión, encuestas políticas, análisis, pronósticos o estudios similares para divulgar preferencias políticas de la población durante el proceso electoral, la persona natural o jurídica interesada deberá registrarse previamente y actualizar el registro anual en el TE, según el artículo 293 del Código Electoral.

De acuerdo con el artículo 295 del Código Electoral, para que una encuesta o sondeo sobre preferencias políticas pueda ser divulgada o publicada por cualquier medio, deberá destacar como parte integral, y para que pueda ser evaluada por la ciudadanía, la ficha técnica de la misma.

La entidad advierte que, quienes incumplan con esta norma se exponen a las sanciones previstas en el Código Electoral.

El artículo 576 del Código Electoral, establece que se sancionará con multa de B/ 25,000.00 a B/ 50,000.00, a las personas y los medios de comunicación tradicionales y digitales que violen lo dispuesto en los artículos 293, 295, 298, 300 y 301. Si hay reincidencia, el monto de la sanción se duplicará.

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El Tribunal Electoral advierter que, quienes incumplan con esta norma se exponen a las sanciones previstas en el Código Electoral.

El Tribunal Electoral advierter que, quienes incumplan con esta norma se exponen a las sanciones previstas en el Código Electoral.

"Se sancionará a las personas que elaboren encuestas alterando la información encuestada o que carezcan de sustento real y científico, y se hayan publicado o divulgado en cualquier medio de difusión. Además, se inhabilitarán para elaborar sondeos de opinión en el siguiente evento electoral, incluyendo a sus directores, dignatarios y accionistas", indicó la entidad. "Se sancionará a las personas que elaboren encuestas alterando la información encuestada o que carezcan de sustento real y científico, y se hayan publicado o divulgado en cualquier medio de difusión. Además, se inhabilitarán para elaborar sondeos de opinión en el siguiente evento electoral, incluyendo a sus directores, dignatarios y accionistas", indicó la entidad.

Para la divulgación de sondeos en línea o informales que realicen los medios de comunicación en muestras estadísticamente no representativas, no se requerirá el registro establecido, siempre que expresen de forma destacada que es un estudio no científico.

Panamá celebrará las elecciones generales el próximo 5 de mayo de 2024, para la escogencia a los cargos de Presidente de la República, alcaldes, diputados y representantes.