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Nacionales Nacionales -  10 de abril de 2026 - 11:31

MEF revela claves sobre pagos de CEPADEM y CEPANIM en Panamá

El CEPANIM corresponde al pago de intereses acumulados por mora relacionados con los décimos terceros meses adeudados

Por REDACCIÓN ECO

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aclaró que no retirar el cheque del CEPADEM no impide recibir el CEPANIM, luego de la confusión generada entre ambos beneficios dirigidos a jubilados, pensionados y sus familiares.

La entidad explicó que se trata de dos pagos distintos, por lo que los beneficiarios deben mantenerse informados para evitar perder sus derechos.

CEPADEM: listado corresponde a cheques pendientes

El MEF indicó que el listado publicado actualmente corresponde únicamente a las personas que aún no han retirado el pago del Certificado de Pago Negociable de la Segunda Partida del Décimo Tercer Mes (CEPADEM).

Este beneficio incluye pagos que ya fueron reembolsados anteriormente, pero que quedaron pendientes debido a que algunos beneficiarios o sus herederos no retiraron el cheque.

¿Quiénes pueden cobrar el CEPADEM?

El pago del CEPADEM está dirigido a:

Importante: Solo podrán retirar el cheque quienes aparezcan en el listado oficial del MEF.

CEPANIM: pago de intereses comenzará en junio

El CEPANIM corresponde al pago de intereses acumulados por mora relacionados con los décimos terceros meses adeudados.

Este beneficio será entregado mediante Certificados de Pago Negociables por Interés por Mora y su pago está previsto a partir de junio.

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¿Quiénes recibirán el CEPANIM?

Está dirigido a:

Las autoridades señalaron que quienes ya retiraron su CEPADEM deberán esperar este nuevo proceso para recibir el CEPANIM.

Registro y entrega: cómo será el proceso

La Oficina de Atención y Entrega de CEPADEM habilitará un sitio web para que los ciudadanos puedan validar su información y verificar si son elegibles.

Documentos requeridos

¿Qué pasa si el beneficiario falleció?

En caso de que el jubilado haya fallecido, el pago será entregado siguiendo este orden:

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Alcance del CEPANIM y monto a pagar

La Ley 506, sancionada el 15 de enero de 2026, establece el pago de intereses por mora generados por la retención de la segunda partida del décimo tercer mes correspondiente al período 1972-1983.

Esta medida beneficia tanto a servidores públicos como a trabajadores del sector privado que laboraron durante esos años.

Según el MEF, el pago de los intereses adeudados supera los 2 millones de dólares.

Cabe destacar que:

Antecedentes legales del pago

La ley que sustenta estos pagos fue aprobada por la Asamblea Nacional en 2022, pero inicialmente fue objetada por el Ejecutivo.

Posteriormente:

Fue aprobada por insistencia el 26 de octubre de 2022

La Corte Suprema desestimó una objeción de inexequibilidad el 25 de agosto de 2025

Recomendación del MEF a beneficiarios

Con la próxima habilitación del registro en línea, el MEF recomienda a jubilados y pensionados:

Tenga cuidado: Registro falso en redes de CEPANIM

A través de un comunicado oficial, la entidad aclaró que no ha habilitado ningún formulario ni plataforma activa para este registro, desmintiendo así publicaciones que detallan un “paso a paso” para inscribirse.

El MEF explicó que, cuando el proceso esté disponible, será anunciado oportunamente mediante sus canales oficiales, junto con el enlace legítimo para acceder a la plataforma. Hasta el momento, cualquier información que indique lo contrario carece de validez.

Jubilados

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Asimismo, la institución indicó que el formulario que se utilizará en su momento será similar al aplicado en el proceso del CEPADEM, con el objetivo de facilitar el acceso a los beneficiarios.

Las autoridades hicieron un llamado a la población a informarse únicamente a través de fuentes oficiales y evitar compartir contenido no verificado, para prevenir la desinformación y posibles fraudes.

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