El Defensor del Pueblo, Eduardo Leblanc González, acudió al Ministerio Público para entregar al Procurador de la Nación, Javier Caraballo, un documento en el cual explica hechos en las comunidades de San Juanito, en el Distrito de La Pintada y Río Caimito en el Distrito de Donoso; que según el Título III y demás derechos consagrados en la Constitución Política de la República de Panamá y Convenios Internacionales, pueden considerarse constitutivos de delitos.
La acción realizada por el titular de la Institución Nacional de Derechos Humanos ante el Ministerio Público se basa en el artículo 30 de la Ley número 7 del 5 de febrero de 1997: “Cuando el titular de la Defensoría en el ejercicio de sus funciones tuviera conocimiento de hechos constitutivos de delitos, deberá ponerlo en conocimiento del Procurador General de la Nación. La Defensoría del Pueblo respetará las competencias privativas de la administración de justicia”.
Visita de sorpresa
Cabe recordar que, en días pasados, la Defensoría del Pueblo realizó una inspección sorpresa a las instalaciones de Minera Panamá y comunidades aledañas, tras la denuncia de la posible vulneración al derecho al libre tránsito y el derecho al trabajo, presentada por un grupo de trabajadores y subcontratistas durante una reunión en la institución quienes señalaron que personas ajenas a la empresa les impiden salir de su lugar de trabajo.
Personal de la Defensoría del Pueblo realizaron un ejercicio para verificar que se cumplan los derechos y las garantías fundamentales de los trabajadores, subcontratistas y moradores del área; cumpliendo con el numeral 8 del artículo 4, de la Ley No. 7 de 5 de febrero de 1997, que detalla que la entidad podrá atender las quejas y situaciones que afecten los Derechos Humanos y promover, ante la autoridad respectiva, que se subsanen las condiciones que impidan a las personas el pleno ejercicio de sus derechos.