Después de su publicación en Gaceta Oficial, se han realizado tres demandas de inconstitucionalidad contra el contrato minero entre el Estado Panameño y Minera Panamá.
En esta nueva demanda se centra en el artículo 1 de la norma que avala la concesión con la facultad legislativa de aprobar o improbar los contratos en los que sea parte o el Estadio tenga interés. Además, que se viola el artículo 259 de la Constitución que dicta: "Las concesiones para la explotación del suelo, del subsuelo, de los bosques y para la utilización de agua, de medios de comunicación o transporte y de otras empresas de servicio público, se inspirarán en el bienestar social y el interés público".
Segunda demanda:
El segundo en demandar este contrato ley fue el abogado Ernesto Cedeño, quien manifiesta que la Asamblea Nacional violó la carta magna porque no se puede establecer una norma jurídica que viole preceptos constitucionales. Advierte también la violación al artículo 19 de la Constitución, donde se indica que no habrá fueros o privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas.
Cedeño también menciona la violación del artículo 259 de la Constitución sobre el bienestar social. Cuestionó los beneficios hacia la empresa minera, así como la terminación del contrato por incumplimiento del Estado.
Tercera demanda:
El tercero en interponer la demanda ante la Corte, fue el abogado Roberto Ruiz Díaz, quien sostiene la violación al artículo 32 de la Constitución que dice que nadie será juzgado sino por autoridad competente y conforme a los trámites legales, y no más de una vez por la misma causa penal, administrativa, policiva o disciplinaria.
Según Ruiz Díaz, el contrato minero produce una violación porque el acto para la concesión se dio de forma directa, es decir, no hubo una licitación pública de selección de contratista.
Su planteamiento además se enfoca en la violación del acuerdo de Escazú, luego con las sesiones a puertas cerradas en la Asamblea Nacional que violentó la participación en materia ambiental.
La Corte Suprema de Justicia repartió las demandas de la siguiente manera:
- La magistrada María Eugenia López será la ponente de la interpuesta por el abogado Juan Ramón Sevillano.
- La magistrada Miriam Cheng, le tocará la del abogado Ernesto Cedeño.
- La magistrada Maria Cristina Chen Stanziola, será la ponente de la demanda del abogado Roberto Ruiz Díaz.
De ser admitidas las 3 demandas, en un momento se deberían acumular para obtener un solo fallo.
Hoy, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, defendió el contrato ley en conferencia de prensa.