ECONOMÍA Economía -  21 de junio de 2023 - 18:15

Municipio de Panamá anuncia moratoria para el pago de multas

De no poder declarar toda la deuda, podrá gestionar un Arreglo de Pago en el Departamento de Apremio, señaló el Municipio de Panamá.

La Tesorería del Municipio de Panamá anunció un periodo de moratoria para el pago de multas por ‘No presentación de la Declaración Jurada de Ingresos’ y por multas de ‘Omisión en la Auditoría de la Declaración’. Del 12 de junio al 15 de julio del 2023, explica el comunicado enviado por la Alcaldía capital, que solo los contribuyentes que hayan cancelado el total de su deuda o el total de sus impuestos, podrán acogerse al 50% de exoneración de multas de negocios.

"Para acogerse a esta moratoria debe haber presentado la Declaración Jurada de Ingresos más reciente (2022) y contar con los documentos relacionados con las inconsistencias de las declaraciones solicitadas", dio a conocer el Municipio en un comunicado. "Para acogerse a esta moratoria debe haber presentado la Declaración Jurada de Ingresos más reciente (2022) y contar con los documentos relacionados con las inconsistencias de las declaraciones solicitadas", dio a conocer el Municipio en un comunicado.

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La Tesorería del Municipio de Panamá anunció un periodo de moratoria para el pago de multas por ‘No presentación de la Declaración Jurada de Ingresos’ y por multas de ‘Omisión en la Auditoría de la Declaración’.

La Tesorería del Municipio de Panamá anunció un periodo de moratoria para el pago de multas por ‘No presentación de la Declaración Jurada de Ingresos’ y por multas de ‘Omisión en la Auditoría de la Declaración’.

Agregaron: "De no poder declarar toda la deuda, podrá gestionar un Arreglo de Pago en el Departamento de Apremio y en los Juzgados Ejecutores autorizados y recibir un descuento del 25% de la multa calculado así":

· A partir de B/.300.01 hasta B/500.00 el 40% de abono inicial y el resto en 2 letras.

· A partir de B/.500.01 hasta B/. 1000.00 el 35% de abono inicial y el resto en 4 letras.

· A partir de B/.1,000.01 hasta B/.5,000.00 el 30% de abono inicial y el resto en 6 letras.

· A partir de B/.5,000.01 hasta B/.10,000.00 el 25% de abono inicial y el resto en 8 meses.

· A partir de B/.10,000.01 hasta B/.15,000.00 el 20% de abono inicial y el resto en 10 letras.

· A partir de B/.15,000,01 en adelante, el 15% de abono inicial y el resto en 12 letras.

Dicho beneficio queda establecido en el Acuerdo 150 del 6 de junio del presente año fundamentado en el Artículo 14 de la Ley 106 de 1973.

Para más información puede llamar 202-9464 y al 506-9600 o escribir a la dirección electrónica: [email protected].