El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aclaró este viernes que la aplicación del ITBMS a los servicios digitales prestados desde el exterior no representa un nuevo impuesto ni un aumento de la tasa vigente.
La aclaración incluye servicios digitales como streaming y compras en línea, entre otras plataformas que operan desde el exterior. De acuerdo con el Ministerio, la medida busca eliminar la diferencia tributaria que existe entre estas empresas y los comercios establecidos en el país.
¿Quién aplicará el ITBMS?
El MEF indicó que la obligación corresponde a las corporaciones transnacionales que prestan servicios digitales en Panamá.
Estas empresas deberán registrarse ante la Dirección General de Ingresos (DGI), aplicar el ITBMS y trasladarlo al fisco bajo las mismas condiciones que cumple el comercio nacional.
“Ninguna empresa que ofrezca servicios en territorio panameño está exenta de este deber”, señaló el MEF.
Para los consumidores, la aplicación del impuesto no implica realizar trámites adicionales. Será la propia plataforma digital la que deberá incorporarlo al momento de cobrar por el servicio.
“El consumidor no realiza ningún trámite adicional”, explicó la entidad.
Panamá mantiene una de las tasas más bajas de la región
El MEF también destacó que la tarifa de 7% para los servicios digitales se mantiene entre las más bajas de la región.
Según los datos incluidos en el comunicado, Chile y Colombia aplican un 19%, Perú un 18% y México un 16%.
La entidad sostuvo que la medida forma parte de un ordenamiento tributario más amplio, orientado a establecer un trato equitativo entre los distintos actores económicos y fortalecer los ingresos que financian los servicios públicos.
El MEF reiteró que mantendrá informada a la ciudadanía sobre el alcance y la entrada en vigor de esta iniciativa.