Los deudores podrán solicitar ante los bancos la prescripción de sus deudas como está establecido después de los tres años pero de manera directa ante las entidades financieras en Panamá, es lo que busca el proyecto de ley 388 aprobado por la Asamblea Nacional.
"Nadie impide que los bancos cobren como deben cobrar, pero una vez prescritas no hagan lo que están haciendo algunos. El hostigamiento, venden deudas prescritas, obligan al ciudadano que vaya a los tribunales a gastar todo lo que es abogacía y demás para que un juez declare lo que ya el legislador ya por virtud determinó que después de los tres años declara prescrita. Es un alivio que le damos a los ciudadanos", señaló el diputado Ernesto Cedeño.
La normativa busca proteger al consumidor financiero y facilitar la extinción de obligaciones inactivas.
"Por supuesto que al sector bancario no le gustó. No le gustó porque evidentemente esto lo que hace es que lo motiva a cumplir la ley ya que ese es el hostigamiento. Pero aquí eso se debatió, las personas que participamos en la asamblea debatimos y se hicieron los ajustes que se tenían que hacer para beneficio del ciudadano. Ahora esperemos que el señor presidente la sancione", agregó Cedeño.
El hostigamiento de algunas agencias de cobros por deudas prescritas son un dolor de cabeza para los ciudadanos.
"Cuando las personas no pueden pagar incluso contratan firmas de abogados y de gestionadoras de cobro que le dan una persecución a estos clientes al punto de que se sienten presionados, acorralados y muchas veces hasta renuncian a su trabajo por la manera como estas empresas acosan a los deudores para que paguen un compromiso cuando realmente la idea es buscar asesoramiento y darle todas las alternativas porque para esto hay muchas alternativas", expresó el economista Olmedo Estrada.
En Panamá es una práctica común que algunos bancos y financieras vendan a agencias de cobros o terceros, carteras de deudas vencidas incluyendo aquellas que podrían estar prescritas.




