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Proveedor de Autorización Calificado no cobrará impuestos a los contribuyentes

El Proveedor de Autorización Calificado (PAC) no les cobrará impuestos a los contribuyentes, solo otorgará autorización de uso (validación) sobre la Factura Electrónica.

El Proveedor de Autorización Calificado (PAC) no les cobrará impuestos a los contribuyentes, solo otorgará autorización de uso (validación) sobre la Factura Electrónica a las personas que utilicen, garantizándoles la continuidad del servicio las veinticuatro horas al día, siete días a la semana, 365 días al año, sostuvo el director General de Ingresos, Publio De Gracia.

De forma errada o mal intencionada algunas personas quieren catalogar a los PAC como un servicio de intermediación en cobros de impuestos y que se crearon para beneficiar a una empresa en especial y esto es totalmente falso.

“La persona natural o jurídica que desee utilizar la Factura Electrónica, como método podrá escoger el servicio de los diferentes PAC que sean autorizados por la Dirección General de Ingresos (DGI)”, sostuvo De Gracia.

Explicó que los PAC deben de cumplir con una serie de requisitos para poder operar, como el otorgamiento de una fianza de cumplimiento y mantener un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información en los procesos asociados a las Autorizaciones de Uso de documentos, según los lineamientos de la norma ISO/IEC-27001, entre otros.

El director De Gracia afirmó que si bien es cierto Panamá es una economía pequeña, habrá tantos PAC como el mercado lo permita, al igual que lo hacen los bancos, las aseguradoras, las casas de valores y universidades, que son todas actividades reguladas en función del servicio que prestan, sin que esto conlleve “beneficiar a alguien en especial”.

El Decreto Ejecutivo No.115 del 30 de enero de 2020, adiciona la figura del PAC, que son las personas jurídicas que tienen permisos de la DGI para otorgar consentimiento de uso sobre la Factura Electrónica a contribuyentes que utilicen sus servicios.

Este decreto Ejecutivo también estableció las normas relativas a la adopción de la Factura Electrónica para las empresas que se encuentran exceptuadas del uso de Equipos Fiscales, autorizó la apertura del plan piloto de Factura Electrónica a toda aquella persona natural o jurídica que desee ser exceptuada por la DGI del uso de Equipos Fiscales para documentar sus operaciones de transferencias, venta de bienes y prestación de servicios, mediante la expedición de factura o de documento equivalente.

Los PAC (denominados en otras legislaciones: proveedores electrónicos autorizados de certificación, proveedores tecnológicos u operadores de servicios) es una figura ampliamente utilizada en aquellos países que se encuentran más avanzados en el uso de la factura electrónica, quienes garantizan la continuidad del servicio a los obligados a documentar sus operaciones de transferencias, venta de bienes y prestación de servicios mediante la expedición de factura o de documento equivalente, concluyó el director de la DGI.

FUENTE: Redacción Eco Tv