NACIONALES Radiografía -  26 de junio de 2025 - 14:30

Suspenden garantías en Bocas: omiten hábeas corpus y abren la puerta a demandas al Estado

Austin expuso que el decreto de suspensión de garantías constitucionales no incluyó al hábeas corpus, dando pie al comienzo de la problemática.

Ricardo Grimas
Por Ricardo Grimas

El presidente de la Asociación Panameña de Derecho Constitucional, Marco Austin, emitió una contundente advertencia sobre las consecuencias legales y la vulneración de derechos por la suspensión de garantías constitucionales en la provincia de Bocas del Toro, generando un "total irrespeto", incluso en provincias donde no están suspendidas.

Suspensión de garantías constitucionales

Austin expuso que la medida, amparada en el Artículo 55 en caso de conmoción, permite al Ejecutivo suspender garantías en todo o parte del país, como es el caso de Bocas del Toro. Sin embargo, mencionó que la implementación fue problemática, en especial en lo que respecta al hábeas corpus.

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Laberinto del hábeas corpus

El decreto de suspensión de garantías no incluyó el derecho al hábeas corpus, un aspecto que, según Austin, pareció corregirse en una extensión posterior por un tema de convencionalidad.

No obstante, el experto resaltó que este derecho debe ser cumplido por el Estado, independiente de su inclusión en el decreto, teniendo los afectados la opción de presentarlo desde el principio.

Problemas principales

El presidente comentó que las dificultades empezaron con la falta de coordinación y la ambigüedad sobre ante quién presentar el recurso, reportándose casos de detenidos trasladados desde Bocas del Toro a provincias donde las garantías no están suspendidas, como Chiriquí, Panamá y Veraguas.

En Chiriquí, ejemplificó que el tribunal de apelaciones y la fiscal respondieron a hábeas corpus presentados, afirmando que no daban órdenes a la policía ni al director de corrección, quienes carecen de mando y jurisdicción en estos casos.

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Austin señaló que el hábeas corpus busca que un juez resuelva si una detención es legal o no cuando una persona es detenida fuera de las garantías constitucionales.

Ahora, sentenció que con los hábeas corpus presentados en la capital, la Corte Suprema de Justicia deberá "enderezar esto" para garantizar el derecho a la defensa de estas personas, sean delincuentes o no, a través de las garantías que la Convención Interamericana de Derechos Humanos les otorga.

Dilema del "juez natural" y posibles demandas

Según el principio de jurisdicción por competencia, el presidente explicó que el "juez natural" de los detenidos en Bocas del Toro puede accionar en esta provincia, dado que allí fue donde se les detuvo.

Sin embargo, el Órgano Judicial en la provincia tiene los términos suspendidos, lo que complica la presentación de un hábeas corpus, criticando que las detenciones se realizaron sin una autoridad competente, lo que llevó a traslados arbitrarios a David.

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Además, el experto advirtió que la forma en que se manejó la situación podría generar demandas contra el Estado y, añadió que algunos de sus colegas ya presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra el decreto y si bien esta demanda no suspende nada de forma inmediata, si la Corte Suprema resuelve que la norma es inconstitucional, los afectados podrían tener derecho a reclamar.

Rol de la Asamblea Nacional

Austin argumentó que el Órgano Ejecutivo tiene un plazo de diez días para establecer un estado de urgencia y, pasado este tiempo, debe solicitar autorización a la Asamblea Nacional para extender el período de suspensión de garantías.

En consecuencia, manifestó que la decisión recae en los 71 diputados, quienes deberán evaluar la sustentación por parte del Ejecutivo para mantener una parte del país "prácticamente en estado de sitio".

Por último, Austin concluyó diciendo que la situación actual representa un serio desafío a las bases del derecho constitucional, con detenciones incluso en provincias donde las garantías no fueron suspendidas.

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