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Factura Electrónica: lo que debe saber de su implementación

La obligatoriedad de la Factura Electrónica, comenzó a regir desde el 31 de octubre. Todos los proveedores del Estado están obligados a usar esta modalidad.

Redacción Eco Tv
Por Redacción Eco Tv

Javier Mitre, Consultor Internacional en Factura Electrónica, reiteró que desde el 31 de octubre todos los proveedores del Estado en Panamá están obligados a usar esta modalidad, nueva de la economía panameña.

"El asunto de la factura electrónica es que el valor legal ya no está en un papel, ahora está en un archivo electrónico", expresó el especialista "El asunto de la factura electrónica es que el valor legal ya no está en un papel, ahora está en un archivo electrónico", expresó el especialista

Facturación Electrónica, un sistema que crece en Panamá.png
Factura Electrónica: lo que debe saber

Factura Electrónica: lo que debe saber

Según Mitre, la administración tributaria nos dice que alrededor de 13 mil empresas entre personas naturales y jurídicas ya han adoptado la facturación electrónica.

Todavía falta más empresas por ingresar al sistema.

"El número de empresas en Panamá puede sobrepasar las 100 mil", precisó el vocero. "El número de empresas en Panamá puede sobrepasar las 100 mil", precisó el vocero.

¿Qué se entiende por Facturación electrónica?

El sistema de factura electrónica es una alternativa al uso de equipos fiscales o documentos equivalentes que le permite a cualquier contribuyente, persona natural o jurídica, documentar sus operaciones de transferencias, venta de bienes y prestación de servicios mediante un documento electrónico puramente digital que podrá ser enviado al receptor o cliente a través de su correo electrónico.

En el año 2018 arrancó el plan piloto en Panamá con menos de 50 empresas y a partir de este mes se abrió la posibilidad de afiliación a todos los contribuyentes.

La factura digital, conforme a las reglas del Decreto Ejecutivo No. 766 de 29 de diciembre de 2020, Decreto Ejecutivo No. 147 de 26 de mayo de 2021 y demás resoluciones y disposiciones concordantes, tiene validez tributaria y carácter probatorio, así como presta mérito ejecutivo.

El sistema de facturación electrónica también le permite al contribuyente emitir notas de débito electrónica, notas de crédito electrónica, facturas de exportación, facturas de importación y otros documentos usuales en el comercio.

¿Quién puede facturar de forma electrónica?

Toda persona natural y jurídica que solicite a la Dirección General de Ingresos el uso de la factura electrónica para documentar sus operaciones transferencias, venta de bienes y prestación de servicios.

¿Cuáles son las Características de la factura electrónica?

Las características de la Factura Electrónica podemos definrla:

Su Formato: Utiliza el formato electrónico XML de acuerdo con la Ficha Técnica establecida por la DGI.

Control Fiscal: Cada factura debe ser identificada de forma unívoca a través del Código Único de Factura Electrónica (CUFE).

Almacenamiento: Las facturas electrónicas tanto emitidas como recibidas deberán ser almacenadas durante 5 años, hasta cumplirse la prescripción de los tributos ITBMS o IVA.

Firma Electrónica: La validez legal de las facturas será garantizada a través de la firma electrónica calificada del emisor asegurando la autenticidad y no repudio de las mismas.

Experiencia en otros países de la región cercana – (Caso Costa Rica por ejemplo)

A nivel internacional se ha llegado al consenso de que la factura electrónica es un paso importante en la lucha contra la evasión fiscal y el apoyo a la transparencia tributaria.

Se introduce el nombre de la empresa PANAFACTURA, desde la buena práctica como abordaron el tema con resultados positivos para las empresas que desconocían la nueva tendencia tecnológica.

¿Cuál es el marco legal en Panamá que regula la facturación electrónica?

El Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) está regulado por el Decreto Ejecutivo Nº 367 que establece los requisitos legales para la adopción de la factura electrónica por parte de las empresas que se encuentran exceptuadas del uso de Equipos Fiscales por la Dirección General de Ingresos, autoridad fiscal de Panamá. DGI.

La puesta en marcha del SFEP está compuesta por 4 fases: Diseño, Construcción, Plan Piloto Voluntario y Masificación. Tras la finalización del Plan Piloto en el que han participado 43 empresas, desde 1º de julio de 2021 el sistema de facturación electrónica panameño ha iniciado la fase de masificación voluntaria.

¿Quiénes están obligados a emitir facturas electrónicas a partir del 31 de octubre?

El sistema de factura electrónica puede ser utilizado tanto por negocios físicos o tradicionales como por los nuevos modelos de comercio electrónico y economía digital.

De acuerdo al Artículo Primero de la Resolución 201-5215, se menciona que el único documento válido para gestionar compras de bienes y servicios por parte del estado es la factura electrónica.

¿Qué pasa si después del 31 de octubre no presentó factura electrónica a las entidades de estado?

En este caso, el principal problema es que no podrá licitar ante las entidades del estado adicional que en caso de que tenga un proceso de cobro de facturas con estas entidades, los documentos en papel no serán válidos, únicamente factura electrónica.

Para realizar el proceso de inscripción a Factura electrónica antes que todo se debe solicitar la firma electrónica. Este proceso, que se realiza con la dirección nacional de firmas electrónica, se demora entre 15 a 22 días por lo que las personas que necesitan licitar o tienen procesos abiertos con el estado ya están fuera de tiempo para cumplir con la obligatoriedad.