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Reformas al Código Electoral, aprobadas en tercer debate

Con un total de 47 votos a favor, solo 7 en contra y ninguna abstinencia, fueron aprobadas en tercer debate las modificaciones al Código Electoral.

El Proyecto de Ley 1092, que propone las modificaciones al Código Electoral, fue aprobado en tercer debate por los diputados de la Asamblea Nacional.

En la tarde de este miércoles 11 de octubre, en una sesión de tiempo récord, se dijo sí a la iniciativa que plantea la modificación del artículo 380 y adiciona el artículo 380-A del Código Electoral.

Con un total de 47 votos a favor, solo 7 en contra y ninguna abstinencia, ahora la iniciativa pasa a manos del Ejecutivo, que será el responsable, el último responsable de la misma.

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Con un total de 47 votos a favor, solo 7 en contra y ninguna abstinencia, fueron aprobadas en tercer debate las modificaciones al Código Electoral.

Con un total de 47 votos a favor, solo 7 en contra y ninguna abstinencia, fueron aprobadas en tercer debate las modificaciones al Código Electoral.

La semana pasada, magistrados del Tribunal Electoral comentaron que estos cambios podrían ocasionar distorsiones previo a las elecciones generales del 5 de mayo del 2024.

Modificación al artículo 380:

  • En los circuitos plurinominales los partidos que hayan suscrito alianzas nacionales y/o acuerdos de alianzas electorales parciales debidamente formalizado ante el Tribunal Electoral (TE), solo podrán postular un candidato común por alianza que lo representará, el que competirá sujeto a la regla siguiente: En su partido compite para el cociente, medio cociente y residuo.
  • En el partido o los partidos aliados compiten únicamente para el residuo y serán identificados por la letra “R”; a tal efecto, solamente se sumarán los votos obtenidos por el candidato en los diferentes partidos de la alianza que lo hayan postulado.
  • Los partidos políticos en alianza decidirán de común acuerdo a cuál de ellos le corresponderá la letra “R”, la de una alianza nacional que establezca un acuerdo de alianza parcial o local, con otro u otros partidos. Para los efectos de este artículo se tomará como una sola alianza.