Basados en que la limitación del ingreso de medicamentos de uso personal puede afectar directamente la salud de los panameños, la Defensoría del Pueblo informó en un comunicado de prensa que le da plazo de 48 horas a la Autoridad Nacional de Aduanas, para remitir el alcance jurídico y copia autenticada de la resolución administrativa que determina la cantidad de medicinas que se categorizan como uso personal del viajero: medida divulgada en el comunicado el 25 de julio del 2022.
Igualmente, la Defensoría del Pueblo, reitera que el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar”.
Esta mañana la directora de La Autoridad Nacional de Aduanas de Panamá, Tayra Barsallo, fue abordada por diferentes medios de comunicación para que ampliara el tema e indicó que la declaración jurada del viajero siempre ha existido y agregó que los pasajeros que deseen ingresar o sacar medicamentos del país lo podrán hacer siempre y cuando no sea en cantidades que denoten la comercialización de estos productos.
La Declaración de Viajero señala que se considera equipaje de viajero, las mercancías de uso personal o para el ejercicio de su profesión en el transcurso de su viaje, siempre que no tengan fines comerciales y en su contenido incluye a los medicamentos.
No es un secreto para nadie que la población panameña ha podido darse cuenta que en Colombia, España, Turquía y otros países tienen los medicamentos a costos inferiores a los de Panamá, por lo que, los que han tenido la oportunidad d eviajar, aprovechan para comprar y ello ha hecho que el ingreso de medicamentos a través de los pasajeros en los aeropuertos del país se incrementen.
Defensoría aclara que todas las mesas de mediación se graban