El próximo lunes 1 de julio de 2024 será día de descanso, pues ese día se llevará a cabo la toma de posesión del presidente electo, José Raúl Mulino. Tal y como lo establece el Código de Trabajo, este día se pagará con un recargo del 150% sobre el salario de la jornada ordinaria.
Es decir, recibir el recargo del 150 por ciento, no significa que, posteriormente, el empleado no tenga derecho a un día de descanso en compensación.
Calendario de días de descanso obligatorio
- 1 y 9 de enero.
- Martes de carnaval.
- Viernes Santo.
- Miércoles 1 de mayo.
- 3 y 5 de noviembre.
- 10 y 28 de noviembre.
- 8, 20 y 25 de diciembre.
- El día que tome posesión el presidente electo de la República.
- El Órgano Ejecutivo podrá decretar como días puentes los días de fiesta o duelo nacional que considere convenientes.