Panamá, 2 de abril de 2020
La institución adoptó esta medida temporal durante la pandemia del Coronavirus y reitera que la Ley Electoral establece sanciones penales a quien brinde información falsa durante el trámite.
El artículo 470 del Código Electoral señala que "Las declaraciones contenidas en las solicitudes de todos los documentos de identidad personal se considerarán bajo la gravedad del juramento.
Las personas responsables de hacer declaraciones falsas en los trámites para obtener su documento de identidad personal serán sancionadas con prisión de tres a doce meses e inhabilitación para ejercer funciones públicas y suspensión de los derechos ciudadanos por igual término, sin perjuicio de otros delitos que tipifique este Código".
FUENTE: Redacción ECO