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Realizando Metas inicia veda electoral este viernes

Las primarias del partido Realizando Metas están programadas para este domingo 2 de julio, a los cargos a diputados, alcaldes y representantes.

A partir de este vienes 30 de junio inicia la veda electoral del partido opositor Realizando Metas, debido a las elecciones primarias que tienen prevista realizarse el domingo 2 de julio, indica un comunicado del Tribunal Electoral.

Para estas primarias, el colectivo deberá escoger sus candidatos para los cargos a alcaldes, diputados y representantes que competirán en las elecciones generales de 2024.

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Realizando Metas registró el 25% de participación en primarias para la escogencia del candidato presidencial. 

Realizando Metas registró el 25% de participación en primarias para la escogencia del candidato presidencial.

Recientemente Realizando Metas eligió su candidato presidencial, saliendo electo el expresidente de la República Ricardo Martinelli, quien mantiene una investigación por el caso New Business.

"El Tribunal Electoral les recuerda a los miembros del partido Realizando Metas que están en campaña con motivo de sus elecciones primarias del domingo 2 de julio de 2023, que tienen hasta las 11:59 pm de este jueves 29 de junio, para hacer proselitismo político, y que a partir de las 12:01 am del viernes 30, comienza el periodo de reflexión y, por ende, la veda electoral", señala el comunicado del Tribunal Electoral. "El Tribunal Electoral les recuerda a los miembros del partido Realizando Metas que están en campaña con motivo de sus elecciones primarias del domingo 2 de julio de 2023, que tienen hasta las 11:59 pm de este jueves 29 de junio, para hacer proselitismo político, y que a partir de las 12:01 am del viernes 30, comienza el periodo de reflexión y, por ende, la veda electoral", señala el comunicado del Tribunal Electoral.

De acuerdo con las normas del Código Electoral, queda prohibida la difusión de propaganda electoral, pagada o donada, a favor o en contra de ciudadanos o partidos, al igual que las caravanas y concentraciones. Deben abstenerse de repartir artículos promocionales, el patrocinio de eventos en los que se utilice el nombre del partido y la pauta en medios de comunicación convencionales y digitales.

El artículo 256 del Código Electoral señala que esta prohibición incluye las vallas publicitarias, por lo que deben ser removidas al vencimiento del periodo de campaña respectivo, por el partido, el precandidato responsable o la empresa contratada para la propaganda.

En caso de incumplimiento, la respectiva Dirección Regional de Organización Electoral (DROE) procederá con su remoción, decomiso y sanciones correspondientes, advierte el Tribunal Electoral.