Juzgado Segundo Administrativo Electoral inhabilitó a Dana Castañeda para correr como candidata a diputada por los partidos Partido Revolucionario Democrático, Realizando Metas, Alianza y Molirena, en el circuito 2-3 (La Pintada, Natá y Olá), en Coclé, por violar el artículo 33 del Código Electoral.
Candidatura de Dana Castañeda
Castañeda era subsecretaria general de la Asamblea Nacional y se presentó para una candidatura respaldada por cuatro partidos políticos.
El abogado Juan Carlos Araúz solicitó la inhabilitación de Castañeda, argumentando que su función en el gobierno podría violar el artículo mencionado. Si la decisión de inhabilitación es confirmada, Castañeda aún tendría la opción de apelar ante los magistrados del Tribunal Electoral para revertir el fallo.
El abogado demandante Juan Carlos Araúz asistió al Tribunal Electoral para recibir la notificación.