Panamá, 3 de diciembre de 2020.
"Hemos atendido quejas. Los desalojos están prohibidos. En algunos casos son instrusos, que no están cubiertos por el decreto", dijo Batista .
Manifestó que la mayoría de los casos que atienden son acuerdos entre arrendatarios y arrendadores." Muchas personas no registran contratos y sólo los llevan a notaría".
El viceministro añadió que las personas que ocupan de manera legal una vivienda, con anuencia del propietario, y puede demostrarlo con testigos, pues los Jueces de paz los protegen.
Destacó: "Estamos elaborando mecanismos legales para solventar problemas y ver en cada caso que las personas que puedan pagar alquiler, no se escuden en la pandemia. Lo que haremos es elaborar una norma que haga justicia y que evite los abusos de ambas partes: arrendadores y arrendatarios".
Los decretos 145 del 1 de mayo y 314 del 7 de agosto de 2020 introdujeron una serie de medidas en arrendamientos, con el supuesto propósito de aliviar los efectos económicosde la pandemia que afecta la República de Panamá.
FUENTE: Noticias de Panamá