POLÍTICA Política -  10 de octubre de 2024 - 16:17

Panamá avanza en la regulación de ciberdelitos y la invasión a la privacidad

Panamá no solo busca fortalecer la seguridad digital de sus ciudadanos, sino también posicionarse como un referente regional en la lucha contra el ciberdelito.

Aprobación en la Asamblea Nacional

Tras su aprobación en tercer debate en la Asamblea Nacional, el proyecto de Ley 61 propone modificaciones al Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley 11 de 2015, enfocándose en la asistencia jurídica internacional en materia penal y estableciendo nuevas medidas para combatir la ciberdelincuencia.

Según el procurador de la Nación, Javier Caraballo, esta normativa es "robusta" y tipifica conductas delictivas emergentes, como la extorsión relacionada con la publicación de material íntimo.

Caraballo explicó que este proyecto de ley contempla el delito de chantaje en situaciones donde una persona exige dinero para no divulgar fotografías o videos privados de otra persona. En palabras del procurador: “Esta normativa protege a toda la sociedad, desde niños hasta personas con discapacidad, y busca sacar del margen a los ciberdelincuentes y combatir el chantaje derivado de la violencia sexual digital.”

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Panamá está a punto de convertirse en el tercer país de América Latina en regular las nuevas modalidades de ciberdelitos y la invasión a la vida privada, abordando delitos que trascienden fronteras.

Panamá está a punto de convertirse en el tercer país de América Latina en regular las nuevas modalidades de ciberdelitos y la invasión a la vida privada, abordando delitos que trascienden fronteras.

Delitos y sanciones contempladas en la ley:

El proyecto de Ley 61 tipifica una serie de delitos relacionados con el uso indebido de tecnologías, incluyendo:

  • Extorsión cibernética: Quien, utilizando la violencia, intimidación o amenazas, obtenga beneficios indebidos o cause perjuicios a otros, será sancionado con una pena de prisión de 5 a 10 años. Si se emplean tecnologías de información para cometer el delito, la sanción se aumentará en un tercio o la mitad, especialmente si involucra material sexual íntimo.

  • Poseer material de abuso sexual infantil: Cualquiera que adquiera material de abuso sexual infantil será sancionado con prisión de 5 a 10 años, y la pena se incrementará si el material es almacenado o distribuido mediante sistemas informáticos o redes sociales.

  • Suplantación de identidad: Quien suplante la identidad de otra persona con fines ilícitos, utilizando datos informáticos o sistemas electrónicos, enfrentará una pena de 2 a 4 años de prisión.

  • Interferencia en datos informáticos: Aquellos que, por medios tecnológicos, intercepten o interfieran transmisiones de datos no públicas serán sancionados con prisión de 2 a 4 años.

Con la implementación de esta legislación, Panamá no solo busca fortalecer la seguridad digital de sus ciudadanos, sino también posicionarse como un referente regional en la lucha contra el ciberdelito y la protección de la privacidad en la era digital.