POLÍTICA Política -  14 de noviembre de 2025 - 08:55

Mulino sanciona Ley 496 que incorpora el perdón de la víctima al Código Penal

“En ningún caso de delitos contra la libertad e integridad sexual, procederá el perdón de la víctima", también indica la ley aprobada por Mulino.

Albis Calderón Sánchez
Por Albis Calderón Sánchez

El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, sancionó la Ley 496 del 13 de noviembre de 2025, una reforma que adiciona el artículo 115-A al Código Penal y que regula el perdón de la víctima como causa de extinción de la pena en delitos específicos.

¿De qué se trata la nueva ley?

La nueva disposición, publicada en la Gaceta Oficial, detalla los casos en los que el perdón puede aplicarse dentro del proceso penal. Según el texto legal, esta figura procede únicamente en los siguientes delitos:

  • Homicidio culposo simple, lesiones personales simples y lesiones culposas leves.

  • Hurto simple, apropiación indebida, estafa y otros fraudes, usurpación, daños y delitos cometidos con cheque, siempre que el perjuicio económico sufrido no afecte gravemente el patrimonio de la víctima.

  • Contra la propiedad intelectual que no cause peligro a la salud pública.

  • Inviolabilidad del domicilio e inviolabilidad del secreto.

  • Falsificación de documentos en perjuicio de particulares.

MULINO SANCIONA.jfif

La norma introduce además una restricción categórica: “En ningún caso de delitos contra la libertad e integridad sexual, procederá el perdón de la víctima como causa de extinción de la pena.”

La Ley 496 también aclara que para la admisión del perdón deberán aplicarse las condiciones previstas en el artículo 202 del Código Procesal Penal, relativas al desistimiento de la pretensión punitiva.

Con esta reforma, el Gobierno busca establecer un marco más claro para los casos en los que la voluntad de la víctima puede influir en la terminación de un proceso penal, reforzando la seguridad jurídica en materias de menor lesividad.

En esta nota: