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Julio Linares: Martinelli es un delincuente común, por esa razón no le están dando el salvoconducto

Según Julio Linares, si el gobierno panameño otorga el salvoconducto, será el primer paso hacia su extradición lo cual que podría llevar a un juicio posterior.

María José Jiménez
Por María José Jiménez
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El abogado Julio Linares analizó la situación jurídica de Ricardo Martinelli, expresidente de Panamá (2009-2014), y la controversia en torno a su asilo político en Nicaragua, desde la perspectiva de las convenciones internacionales sobre asilo.

Linares comienza explicando que, según el Derecho Internacional, un Estado Territorial tiene dos opciones cuando se le solicita asilo: otorgar un salvoconducto o negarlo. En el caso de que un país conceda este salvoconducto, está reconociendo que la persona es un perseguido político y que su vida, libertad o derechos humanos están en peligro.

En el caso contrario, si se niega el salvoconducto, significa que el Estado Territorial considera que esa persona no es un perseguido político, sino un delincuente común.

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Asilo de Martinelli en embajada de Nicaragua

El abogado pone en duda las respuestas dadas por el canciller panameño, quien al hablar del tema de Martinelli en Nicaragua se basó en lo que Linares considera una interpretación ambigua del Derecho Internacional. Según Linares, la postura del gobierno de Panamá parece sugerir que Martinelli no es un perseguido político, sino un delincuente común, lo cual explica la negativa a otorgarle el salvoconducto.

"Si el canciller sabe del derecho internacional, tenemos que interpretar que su respuesta está ligada a que el señor Martinelli es un delincuente común", afirmó. "Si el canciller sabe del derecho internacional, tenemos que interpretar que su respuesta está ligada a que el señor Martinelli es un delincuente común", afirmó.

En cuanto a la decisión de Nicaragua de otorgar asilo político a Martinelli, Linares señala que el principio de "sentido de urgencia" es fundamental en los procesos de asilo. Este principio establece que una persona debe demostrar que su vida y libertad están en peligro antes de que el país asilante decida concederle refugio.

Para Linares, la interpretación de los hechos es clara: Nicaragua concedió asilo a Martinelli porque, según el principio de urgencia, él pudo haber demostrado que su vida corría peligro en Panamá.

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Linares destaca necesidad de que Panamá adopte una postura firme

"Creo que ha llegado el momento de que Panamá tome una decisión clara y firme sobre este caso", comentó, sugiriendo que el país debe declarar oficialmente que no entregará a Martinelli, ya que lo considera un delincuente común. "Creo que ha llegado el momento de que Panamá tome una decisión clara y firme sobre este caso", comentó, sugiriendo que el país debe declarar oficialmente que no entregará a Martinelli, ya que lo considera un delincuente común.

En su opinión, si el gobierno panameño decide otorgar el salvoconducto, este debería ser un paso hacia un proceso de extradición, que podría desencadenar un juicio más adelante.

Recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Panamá

Linares considera que este recurso está siendo utilizado de manera inapropiada, como si fuera una instancia adicional para resolver el caso, lo cual confunde tanto a los ciudadanos como a los expertos en derecho. A su juicio, la Corte podría estar utilizando este recurso para cerrar definitivamente el debate sobre la aplicación del principio de especialidad en el caso de Martinelli.

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Finalmente, Linares concluye que, aunque no comparte la decisión de admitir el recurso de inconstitucionalidad, espera que la Corte utilice esta oportunidad para dejar claro que el principio de especialidad no aplica en este caso. "Quiero pensar que el hecho de haber admitido el recurso fue para que la Corte pueda demostrar, una vez más, que el recurso de especialidad nunca aplicó", afirmó, dejando en claro su postura sobre la importancia de que la Corte Suprema de Panamá resuelva el asunto de manera definitiva.

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