Asamblea aprueba en tercer debate proyecto de ley que establece penas por violencia psicológica
El diputado de la Asamblea Nacional, Luis Eduardo Camacho, proponente de la iniciativa, explicó que la reforma fortalece la persecución penal de este delito
Asamblea aprueba en tercer debate proyecto de ley que establece penas por violencia psicológica
El Pleno de la Asamblea Nacional de Panamá aprobó en tercer y último debate el proyecto de Ley 278, que modifica el artículo 138-A del Código Penal para ampliar la protección contra la violencia psicológica a todas las personas, sin importar su género o edad.
El artículo 138-A del Código Penal sanciona a quienes cometan violencia psicológica mediante amenazas, intimidación, chantaje, persecución o acoso. También incluye actos como obligar a alguien a hacer o dejar de hacer algo, tolerar explotación, exigir obediencia, humillaciones, aislamiento u otras conductas semejantes.
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Antes de la modificación, la ley solo permitía la persecución penal cuando la víctima era una mujer. Con la aprobación de la Ley 278, la protección se extiende a hombres, mujeres, niños, adultos y adultos mayores, asegurando que cualquier persona que sufra este tipo de violencia pueda acceder a la justicia.
Implicaciones de la reforma
El diputado Luis Eduardo Camacho, proponente de la iniciativa, explicó que la reforma fortalece la persecución penal de este delito.
“La conveniencia de este proyecto es que permite la persecución penal de un delito para cualquier persona. Ahora se asegura que la acción penal se aplique al ser humano en su conjunto, es decir, hombre, mujer, niño, adulto o adulto mayor. Esto no afecta a las mujeres; mantiene la protección y los derechos de las mujeres como posibles víctimas”, indicó. “La conveniencia de este proyecto es que permite la persecución penal de un delito para cualquier persona. Ahora se asegura que la acción penal se aplique al ser humano en su conjunto, es decir, hombre, mujer, niño, adulto o adulto mayor. Esto no afecta a las mujeres; mantiene la protección y los derechos de las mujeres como posibles víctimas”, indicó.
DIPUTADO LUIS EDUARDO CAMACHO
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Sanciones por violencia psicológica
Quien incurra en este tipo de delitos podrá ser sancionado con prisión de cinco a ocho años, según lo establecido en el artículo modificado. La Ley 278 busca garantizar un marco legal más inclusivo y efectivo frente a la violencia psicológica en Panamá.