NACIONALES Nacionales -  7 de enero de 2026 - 20:37

Reforma a la justicia comunitaria genera dudas legales y sociales

Cambios al sistema de justicia comunitaria plantean interrogantes sobre su aplicación y efectos en funcionarios y ciudadanos.

REDACCIÓN ECO
Por REDACCIÓN ECO

El proceso de reforma al sistema de justicia comunitaria, impulsado por el Ministerio de Gobierno, ha reavivado el debate sobre la centralización institucional, la participación ciudadana y la seguridad jurídica de los funcionarios y de la comunidad, en un contexto donde el Gobierno avanza con la aplicación de una nueva normativa que sustituye el modelo anterior.

Justicia comunitaria bajo un nuevo modelo

El reciente anuncio del Ministerio de Gobierno sobre el traspaso de los jueces de paz a esta institución, ahora bajo la denominación de jueces comunitarios, marca un cambio significativo en la estructura del sistema de justicia administrativa. Según el abogado Carlos Lee, la modificación no se limita a un cambio de nombre, sino que introduce nuevas funciones y, sobre todo, redefine las facultades de estos jueces, especialmente en la resolución de controversias y en sus limitaciones en materia penal.

Lee advierte que la transición se ha dado sin una evaluación profunda del modelo anterior, establecido por la Ley 16 de 2016, la cual, según explica, nunca logró implementarse plenamente como fue concebida. En su lugar, la Ley 467 subroga esa normativa y establece un esquema más centralizado, trasladando el control y la administración de los jueces al Órgano Ejecutivo.

“La Ley 16 tenía un espíritu descentralizador y buscaba que la comunidad participara tanto en la selección como en la vigilancia de los jueces de paz; eso hoy se pierde con la nueva ley”, sostuvo. “La Ley 16 tenía un espíritu descentralizador y buscaba que la comunidad participara tanto en la selección como en la vigilancia de los jueces de paz; eso hoy se pierde con la nueva ley”, sostuvo.

Centralización y riesgos de politización

Uno de los principales señalamientos gira en torno a la eliminación de las comisiones técnicas distritales, que anteriormente evaluaban las quejas contra los jueces de paz. Con la nueva normativa, estas funciones pasan a instancias internas del Ministerio de Gobierno, particularmente a la Dirección de Recursos Humanos, sin mecanismos formales de participación ciudadana.

Para Lee, este cambio representa un retroceso institucional y abre la puerta a la politización del sistema, al depender directamente de una entidad con dirección política.

“Ahora son funcionarios del ministerio, y eso rompe con el objetivo de despolitizar la justicia comunitaria que se buscaba con la Ley 16. Hemos pasado de un modelo comunitario a uno centralizado, que se asemeja más a figuras administrativas del pasado”, añadió. “Ahora son funcionarios del ministerio, y eso rompe con el objetivo de despolitizar la justicia comunitaria que se buscaba con la Ley 16. Hemos pasado de un modelo comunitario a uno centralizado, que se asemeja más a figuras administrativas del pasado”, añadió.

Incertidumbre laboral y afectación a la comunidad

La transición también ha generado incertidumbre entre los jueces y el personal administrativo que operaba bajo contratos municipales, algunos de ellos vigentes por períodos de hasta 10 años. De acuerdo con Lee, la subrogación de la ley no resuelve automáticamente la situación contractual de estos funcionarios, lo que podría implicar la vulneración de derechos laborales y contractuales.

Esta falta de claridad impacta directamente en la atención a los ciudadanos. En varias comunidades, los jueces continúan asistiendo a sus oficinas sin saber si sus funciones están plenamente vigentes, si recibirán remuneración o si pueden incurrir en extralimitación de funciones al atender casos.

“Hay personas que siguen atendiendo a la comunidad por responsabilidad, pero lo hacen con inseguridad jurídica, expuestas incluso a demandas”, advirtió el abogado. “Hay personas que siguen atendiendo a la comunidad por responsabilidad, pero lo hacen con inseguridad jurídica, expuestas incluso a demandas”, advirtió el abogado.

Mientras tanto, los usuarios se enfrentan a un sistema en transición, con procesos inconclusos y dudas sobre dónde acudir para resolver conflictos comunitarios, lo que pone en entredicho la eficacia y el propósito original de la justicia comunitaria de paz.

CARLOS LEE - 7 ENERO ENOCNTEXTO