Panamá reforzó sus normativas en materia de protección y conservación del ambiente. El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, firmó la Ley 287 del 24 de febrero de 2022, “Por medio de la cual se reconocen los Derechos de la Naturaleza, las obligaciones del estado relacionados a estos Derechos, y se dictan otras disposiciones”.
Fue propuesta por Callie Veelenturf; bióloga marina, conservacionista estadounidense y exploradora de National Geographic. Ella desde octubre de 2019 hasta marzo de 2020, estuvo estudiando nuevas zonas de anidación y alimentación de tortugas marinas en el archipiélago de las Islas de las Perlas; al ver las muchas amenazas que enfrentan las especies en peligro de extinción en Panamá, decidió plantear esta legislación.
La joven de 29 años indica que la vida silvestre no reconoce fronteras y que con esta ley, Panamá, de ser uno de los 25 países más megadiversos del mundo, está protegiendo la biodiversidad no solamente endémica, sino también la biodiversidad migratoria de las Américas.
La bióloga narra que estudió casos exitosos de la legislación de los derechos de la naturaleza de todo el mundo, previo a presentar la propuesta al diputado independiente Juan Diego Vásquez y la Primera Dama de la República, Yazmin Cortizo.
Rol de MiAMBIENTE
El Ministerio de Ambiente, jugó un papel fundamental en la elaboración de esta ley, trabajando de la mano Veelenturf. Mientras que miembros del Earth Law Center, contribuyeron a que la ley estuviera centrada en reconocer y proteger los derechos inherentes de la naturaleza a existir.
Uno del aspectos más relevante de esta ley es que establece que la cosmovisión y los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas deben ser parte integral de la interpretación y aplicación de los Derechos de la Naturaleza. Además cuenta con un glosario con términos indígenas a fin de que los contenidos de esta ley sen consistentes con muchas tradiciones.
La ley reconoce incluye los derechos de existir, persistir, y regenerar sus ciclos vitales.
El Estado garantizará que la Naturaleza que ha sido afectada pueda ser restaurada integralmente a fin de que rehabilite su funcionalidad, recobre sus procesos evolutivos, estructura y funciones de manera integral. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de repetición del Estado en contra de los responsables por el daño causado.
Cualquier acción de una persona, corporación, institución, o gobierno que infrinja estos derechos puede ser procesado legalmente y responsabilizarse por sus acciones.
Apelando al sentido de pertenencia, la normativa pretende fortalecer el conexión ser humano-naturaleza como un ente vital para el desarrollo de la humanidad. No ver la naturaleza como algo ajeno a la existencia, sino que de su conservación depende el progreso de la sociedad.
En tanto, el artículo 12 plasma que: “La naturaleza tiene derecho a conservar su biodiversidad. Sus seres vivos deben ser protegidos por la ley, independientemente del valor utilitario que tengan para los seres humanos”, refiriéndose a las especies que estas alberga y reforzando el compromiso nacionales de velar por estos.
Panamá se suma a los diversos países que reconocen los Derechos de la Naturaleza a nivel nacional. La lista incluye a Bolivia, que aprobó la Ley de los Derechos de la Madre Tierra (071) en 2010 y la Ley de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien (300) en 2012, y Ecuador, que codificó los Derechos de la Naturaleza (Pachamama) en su constitución el 2008. Uganda ha adoptado también una norma nacional que reconoce los Derechos de la Naturaleza destinada a proteger ciertas áreas designadas. Asimismo, Chile está considerando incorporar los Derechos de la Naturaleza en su nueva constitución.