Un Juez ordenó retener $7.9 millones del Metro y de Tocumen, para abonar a la multa de Odebrecht y una vez el contralor firme los refrendos, se tiene que hacer el trámite de la retención de los dineros por parte del MEF y estos serán remitidos al Tesoro Nacional, también por orden del Tribunal de Cumplimiento.
En audiencia realizada el 21 de febrero de 2021 de 2022, el Juez de Cumplimiento, Héctor Zarzavilla Pérez decretó la morosidad por el incumplimiento del pago de la multa correspondiente al 31 de diciembre de 2021, más el 5% y ordenó en un plazo de 3 meses la retención en cualquier cuenta o retenido contractual que tengan a su favor las sociedades investigadas, siendo la suma de 41 millones 664 mil 851 con 67 balboas el total de la orden de retención, incluyendo la suma pendiente por retener de los años anteriores.
En su momento el Ministerio Público argumentó, con sustento en el artículo 514 del Código Procesal Penal, que las empresas sancionadas incumplieron los plazos fijados en la sentencia de 9 de julio de 2017, dictada por el Juzgado Duodécimo de Circuito de lo Penal, que contemplaba un término de 12 años para el pago de la sanción pecuniaria, establecidos a plazos anuales con vencimiento al 31 de diciembre de cada año y un monto adicional del 5% por el incumplimiento por el no pago en la fecha precisada.
La empresa ha incumplido con los abonos correspondientes al año 2019 y 2020, lo cual está establecido en la sentencia del Juzgado Duodécimo de Circuito Penal del año 2017, de 220 millones de balboas con fundamento en los artículos 251, 254 y 347, del Código Penal.
El 23 de diciembre de 2019 fue el último pago que hicieron las empresas.