La promulgación en Gaceta Oficial del Decreto Ejecutivo No. 11 del 12 de noviembre de 2025, que establece los parámetros para las huelgas en los servicios públicos, ha generado el rechazo de los gremios sindicales, que ya han anunciado que interpondrán una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El mencionado decreto reglamenta los artículos 485, 486, 487 y 488 del Código de Trabajo. Según dirigente Marco Andrade, de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (Conusi), el decreto "viola convenios internacionales y el Código de Trabajo", por lo que tampoco descarta acudir ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Mitradel defiende la normativa
Ante las advertencias sindicales, la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz, defendió la legalidad del decreto y negó que el Gobierno busque limitar el derecho a huelga.
Muñoz recalcó además que existe "un sector que a todo se opone y nosotros tenemos que pensar en el pueblo panameño".
La titular insistió en que la regulación está basada en los artículos No. 485 y No. 486 del Código de Trabajo, que establecen lineamientos para los servicios públicos esenciales.
El decreto también establece que las huelgas en empresas que presten servicios públicos deberán ser notificadas al Mitradel y estarán sujetas a verificación para garantizar que no afecten la seguridad, la salud o la economía del país. Directivos de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (Cciap) también mostraron su respaldo a esta regulación.