El Consejo de Gabinete aprobó la Resolución N. 000, “que autoriza al Ministerio de Gobierno (Mingob) a suscribir la Adenda No.2 al Contrato de Concesión No. 11-2008 de 27 de mayo de 2008, celebrado con la empresa Claro Panamá, S.A. (Claro), así como el finiquito de terminación de esta Concesión".
Entre otros puntos, la Resolución destaca que, en reunión celebrada entre la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) y las concesionarias CWP y CLARO, se homologaron los textos de las Adendas que contemplan la modificación a la Concesión de Contrato No.11-2008 de 27 de mayo de 2008, para incluir el mutuo acuerdo como causal de terminación de dicho Contrato y la firma del finiquito de terminación de esta Concesión y las modificaciones al Contrato de Concesión DAF-034-2013 de CWP, que incluye autorizar el traspaso del derecho de uso de los 70 MHz a favor de CWP y la posibilidad de solicitar la extensión del derecho de uso del año 2028 hasta el año 2037.
El Órgano Ejecutivo considera que las modificaciones a los contratos de concesión celebrados con Claro y CWP, que fueron homologadas, y el finiquito de terminación de esta concesión, son procedentes, puesto que cumplen con los principios señalados en la Ley 31 de 1996 y su reglamentación y las disposiciones legales establecidas para los concesionarios de servicios móviles.
Terminación por "mutuo acuerdo"
Por ello, se autorizó al Mingob para que, en nombre y representación de la República de Panamá, suscriba la Adenda No. 2 al Contrato de Concesión No. 11-2008 de 27 de mayo de 2008, celebrado con Claro, en el sentido de modificar la Cláusula 72 del Contrato de Concesión para incluir el mutuo acuerdo como causal de terminación normal del contrato de concesión, y a suscribir el finiquito de esta concesión.
Asimismo, el Mingob ha sido autorizado a suscribir la Adenda No. 1 al Contrato de Concesión No. DAF-034-2013 de 22 de noviembre de 2013, suscrito con la empresa CWP, a efectos de traspasar 70 MHz a favor de CWP (Cláusula 1), para prestar el servicio de telefonía móvil celular, debido al proceso de concentración económica con la empresa Claro Panamá, S.A., y modificar la Cláusula 4: Definición de Términos; la Cláusula 6: Duración; y la Cláusula 11: Derecho de Concesión.