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CSJ admite dos nuevas demandas en contra del contrato minero

Ahora queda en manos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolver alguna o varias de las demandas que mantiene contra el contrato.

EcoTv Mesa de Redacción
Por EcoTv Mesa de Redacción

Magistrados sustanciadores del Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitieron, la tarde de este martes 31 de octubre, dos nuevas demandas de inconstitucionalidad presentadas contra artículos de la Ley 406 de 20 de octubre de 2023 o mejor conocida como contrato minero.

La demanda presentada por el abogado Martín de Jesús Rivera contra la frase “Contados a partir del 22 de diciembre de 2021- contenida en el artículo 1 del primer párrafo, cláusula II de la Ley 406 de 20 de octubre de 2023”, se remitió al procurador de la Administración para que emita concepto en un término no mayor de diez días hábiles.

Con relación a la demanda contra los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, por la cual se aprobó un contrato celebrado entre el Estado panameño y una empresa minera, que presentó el abogado Efraín Cajar González, se le corrió traslado al procurador general de la Nación, para que también emita su concepto, en el mismo término de tiempo antes descrito.

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Ahora queda en manos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolver alguna o varias de las demandas que mantiene contra el contrato.

Ahora queda en manos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolver alguna o varias de las demandas que mantiene contra el contrato.

Es importante señalar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2564 del Código Judicial para este tipo de procesos, una vez devuelto los expedientes con el concepto de los procuradores, se publicará un edicto por tres (3) días en un periódico de circulación nacional, para que en el término de diez (10) días, contados a partir de la última publicación, el demandante y todas las personas interesadas en el caso presenten sus argumentos por escrito a través de abogado.

Vencido el término anterior, los magistrados sustanciadores examinarán todos los escritos que se hayan presentado y procederán a confeccionar un proyecto de decisión que pondrán a consideración de las magistradas y los magistrados que conforman la CSJ, quienes podrán presentar observaciones y consideraciones que serán analizadas en sesión del Pleno.

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