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Carrizo presenta Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales

Carrizo compartió en redes sociales, la declaración emitida el 12 de julio del 2019, cuando iniciaba su rol en el Estado, y la actual, al culminar su funciones.

El vicepresidente de la República, José Gabriel Carrizo, presentó el pasado viernes 3 de febrero, su Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales al contralor general de la República, Gerardo Solís.

La presentación de dicha declaración se produjo tras su renuncia como ministro de la presidencia, para correr como precandidato presidencial en el 2024 en las primarias del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD).

"Por este medio, tenemos a bien entregarle nuestra Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales con fundamento en lo dispuesto en el artículo 304 de la Constitución Política de la República de Panamá, y en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley No. 59 del 29 de diciembre del 1999", indica el documento. "Por este medio, tenemos a bien entregarle nuestra Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales con fundamento en lo dispuesto en el artículo 304 de la Constitución Política de la República de Panamá, y en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley No. 59 del 29 de diciembre del 1999", indica el documento.

Gabriel Carrizo - Penonomé.jfif
Carrizo presenta Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales.

Carrizo presenta Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales.

Carrizo además compartió en sus redes sociales, la declaración emitida el 12 de julio del 2019, cuando iniciaba su rol en el Estado, y la actual, al culminar su funciones como ministro.

"Por este medio, tenemos a bien entregarle nuestra Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales con fundamento en lo dispuesto en el artículo 304 de la Costitución Política de la República de Panamá, y en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley No. 59 del 29 de diciembre del 1999", detalla. "Por este medio, tenemos a bien entregarle nuestra Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales con fundamento en lo dispuesto en el artículo 304 de la Costitución Política de la República de Panamá, y en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley No. 59 del 29 de diciembre del 1999", detalla.

https://twitter.com/gabycarrizoj/status/1623034219495624718

Carrizo se lanza oficialmente al ruedo político

Cabe destacar que, en el artículo 304 de la Constitución Política de la República de Panamá, dicta que el vicepresidente y presidente del país, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, procurador general de la Administración, los jueces, los ministros del Estado, y demás personalidades de altos cargos públicos, "deben presentar al inicio y al término de sus funciones una declaración jurada de su estado patrimonial, la cual deberán hacer mediante escritura pública, en un término de diez días hábiles a partir de la toma de posesión del cargo y diez días hábiles a partir de la separación".