A través de Decreto Ejecutivo 3 del 10 de enero de 2024, el Gobierno Nacional se ordenó el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales los días lunes 12 y miércoles 14 de febrero de 2024, por motivo del Carnaval 2024.
Como se hace normal con este tipo de decretos, se exceptúan de lo establecido a las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deban permanecer funcionando, como el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), las instituciones de salud, como hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y unidades de salud, tanto de la Caja de Seguro Social (CSS) como del Ministerio de Salud (MINSA).
Los servicios postales, el Cuerpo de Bomberos, el Sistema Nacional de Protección Civil, la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, el Metro de Panamá, Transporte Masivo, el Servicio Nacional de Migración y los estamentos de la fuerza pública, también se ven excluidos de esta disposición, debido a las funciones que prestan.
Otras instituciones que se exceptúan de acuerdo a este documento, son la Autoridad Aeronáutica Civil, Tocumen, S. A., la Autoridad Nacional de Aduanas, la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, Cuarentena Agropecuaria, la Empresa de Transmisión Eléctrica, S. A., la Empresa de Generación Eléctrica y las entidades auxiliares al comercio internacional que laboran en puertos y aeropuertos.
En tanto, el Decreto Ejecutivo 3 del 10 de enero de 2024, también demanda que las instituciones bancarias se regirán por lo establecido en la resolución de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) No. 124-2006 de 4 de diciembre de 2006.