Uno de los grandes dolores de cabeza de la población en Panamá en los últimos tiempos está siendo tratado en la Asamblea Nacional, a través de la reactivación jurídica de la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales a tasas de intereses menores del mercado hipotecario.
Con la finalidad de hacerle frente al déficit habitacional uno de los mayores flagelos sociales del país y del mundo, los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron en tercer debate el Proyecto 1039, que modifica y adiciona artículos a la Ley 3 de 1985, que establece un régimen preferencial en ciertos préstamos hipotecarios.
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El diputado Jaime Vargas, presidente de la Asamblea Nacional, de Panamá.
Lo que se busca es extender ese beneficio que gran importancia en el desarrollo de la industria de vivienda, y que facilita a los compradores su accesibilidad, para así ayudar a la clase media trabajadora y defender el núcleo familiar, a través de la adquisición de una casa, apartamento o terreno.
La Asamblea Nacional señaló a través de un comunicado de prensa que "se requería de ajustes que permitan extender, de forma transitoria, el plazo para aplicar los beneficios y la exoneración del impuesto de transferencia de bienes inmuebles en la operación de la primera compraventa, reconocida en la Ley 106 de 1974, hasta el 1 de agosto de 2025". La Asamblea Nacional señaló a través de un comunicado de prensa que "se requería de ajustes que permitan extender, de forma transitoria, el plazo para aplicar los beneficios y la exoneración del impuesto de transferencia de bienes inmuebles en la operación de la primera compraventa, reconocida en la Ley 106 de 1974, hasta el 1 de agosto de 2025".
El referido tramo preferencial, dependiendo del valor de la primera vivienda de acuerdo con una tabla que va desde 4% hasta 1.5%, abarca la cobertura, con un valor registrado al momento del financiamiento, de B/45 mil hasta B/.180 mil.