La Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), reitera a los contribuyentes, que el 31 de agosto se vence el plazo para el pago de la Segunda Partida del Impuesto de Inmueble.
El impuesto de inmueble se paga en tres partidas: 30 de abril, 31 de agosto y 31 de diciembre. Puede obtener un 15% de descuento si paga la anualidad antes del 30 de abril.
En caso de faltar al pago del impuesto, luego de vencida la fecha de la partida correspondiente, se le impondrá un recargo del 10%, más los intereses correspondientes, de acuerdo lo que establece la ley.
El impuesto de inmueble, se aplica a todos los terrenos situados en el territorio de la República de Panamá, que tengan registrados avalúos catastrales superiores a los B/.30,000.00 en valor de terreno y valor de mejoras.