El alivio tributario debe ser atendido por la población contribuyente, reiteran las autoridades. Publio De Gracia, Director General de Ingresos (DGI) de Panamá, informó en el programa RadioGrafía, de Eco Tv y Rpc Radio, que la ley de alivios tributarios específicamente otorga a los contribuyentes la extensión de sus pagos, con la condición de que abonen de manera anticipada, al total del impuesto de inmueble correspondiente a dicho periodo. Destacó que de igual forma se realizará un descuento por pronto pago ,equivalente al 15% del total a pagar.
Reiteró que el proceso de alivios tributarios previsto en Panamá por la norma tiene como principal intención una franca recuperación producto de los efectos económicos de la Covid-19, y siendo un hecho que algunos contribuyentes aún no han podido comparecer para normalizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, puedan hacer frente a todas aquellas que se encuentren en condición de morosidad en Panamá, previo al 31 de enero del año 2021.
Puso de ejemplo que muchos personas en Panamá, dueños de empresas manifestaron que sin cumplen con el pago de los impuestos tendrían que despedir parte de su personal. El proceso de alivios tributarios busca apoya y que se mantenga en empleo e Panamá.
Agregó que adicional del impacto económico en Panamá, impulsan que las empresas puedan coordinar y tener su balance con sus actividades económicas.
Para los contribuyentes que soliciten ante la DGI acogerse al precitado proceso, gozaran de la exoneración en recargos e intereses de 70% en arreglos de pago, y de 75% en caso de abono total de las obligaciones que se encontraran en condición de morosidad hasta el 31 de enero del año 2021.
Se establece que los convenios de pago que, a la fecha del 31 de diciembre de 2021, hayan abonado al menos 51% de los saldos morosos incluidos en cualquier convenio suscrito como producto de los procesos de amnistía, tendrán una prórroga automática en su termino de pago hasta junio de año 2022.
Además, cumpliendo con una deuda histórica, la Ley 257 propone el primer modelo de reconocimiento real para los contribuyentes que, habiéndose registrado con al menos un periodo fiscal completo de anticipación cumplieran de manera voluntaria y regular con el total de sus obligaciones.
“Desde la DGI estamos en completa disposición para atender todas las consultas que resulten como producto de la norma a través de cualquiera de los cuatro canales de atención dispuestos para la mayor comodidad de los contribuyentes”, indicó De Gracia.