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DGI: 30 de abril vence prórroga para declaración jurada de renta persona jurídica

La Dirección General de Ingresos (DGI) extendió el plazo para pago de la Declaración Jurada de renta para personas jurídicas.

La DGI recuerda que las declaraciones de renta de persona jurídica deben realizarse hasta el 31 de marzo de cada año. El contribuyente tiene la opción de solicitar prórroga, la cual le otorga un mes adicional para presentar su declaración sin multa, así lo estable el parágrafo 5 del artículo 710, del Código Fiscal.

Obligaciones de contribuyentes

De igual forma, la DGI señala a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias oportunamente para evitar intereses y recargos.

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La Dirección General de Ingresos (DGI) extendió el plazo para pago de la Declaración Jurada de renta para personas jurídicas.

La Dirección General de Ingresos (DGI) extendió el plazo para pago de la Declaración Jurada de renta para personas jurídicas.

La medida se fundamenta en el numeral 5 del artículo 184 de la Constitución Política de la República de Panamá, artículo 78 del Código de Procedimiento Tributario de la República de Panamá.

El director general de la DGI, Publio De Gracia Tejada, señaló que los días feriados pueden afectar a los contribuyentes que hasta la fecha no han podido cumplir con su obligación tributaria, por lo cual se implementa la prórroga.