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Proyecto 476 que regula el leasing inmobiliario solo espera sanción presidencial

Sin contratiempos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles en tercer debate el proyecto de ley 476 que regula el arrendamiento financiero de bienes e inmuebles, conocido como leasing inmobiliario.

Sin contratiempos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles en tercer debate el proyecto de ley 476 que regula el arrendamiento financiero de bienes e inmuebles, conocido como leasing inmobiliario.

Este documento, una propuesta electoral del presidente Laurentino Cortizo Cohen y que cuando sea sancionado debe ser reglamentado seguidamente, permitirá a las personas jóvenes y parejas recién casadas arrendar algunas viviendas y tener al final la opción de compra.

“Son buenas noticias. Antes era para los vehículos, los podías arrendar y pagar una letra mensual y finalmente quedarte con el carro si querías. Eso no pasaba con las viviendas, así que con esta nueva figura tenemos la posibilidad más allá de los bienes muebles, ahora serán los bienes inmuebles, entiéndase oficinas, galeras, residencias y apartamentos”, dijo el ministro Rogelio Paredes, acompañado del viceministro de Ordenamiento Territorial, José Batista, quienes participaron de la sesión.

Agregó que eso abre un abanico de posibilidades para que aquella pareja joven que está tratando de iniciar su vida encuentre posibilidades reales alquilando, pero con opción a compra, tal como ocurre en países europeos como España.

“Esta fue una promesa del presidente y antes que acabara el período de sesiones ordinarias, se ha visto en tres días seguidos. Tenemos una nueva ley. Es un logro del equipo de Gobierno. Los gremios consultados están conformes”, precisó el titular de Vivienda, quien sustentó el documento ante el Legislativo el pasado 21 de octubre.

Igualmente, Paredes destacó que la Superintendencia de Bancos tiene que administrar por el tema de la nueva figura que establece licencias para que haya agentes fiduciarios, es decir que al existir un arrendador financiero y un arrendatario financiero deben ser regulados.

Para promover resultados prácticos, este instrumento financiero incorpora un paquete de incentivos que buscan hacer atractivo al sector financiero e inversionistas la operación como la exoneración del pago de impuesto de inmuebles a la primera operación de compra venta; y la exoneración del pago del ITBMS y el Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI) a algunas transacciones.

También se contempla que los arrendadores financieros y arrendatarios pueden deducir como gastos para el pago del impuesto sobre la renta parte de los alquileres pagados y el 100% de los intereses que sobre estos se acusen, entre otros beneficios.

Todo el inventario que actualmente existe en el sector inmobiliario entre locales comerciales, apartamentos y casas, que suman cerca de 7 mil millones de balboas de balboas en proyectos construidos o en construcción, podrían reactivarse y comenzar a moverse.

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FUENTE: Redacción Eco Tv