Panamá, 21 de mayo de 2021
El Decreto N° 772 estipula modifica los artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo N°769 del 14 de mayo de 2021; señalando lo siguiente:
- Artículo 1 Se establece, a partir del viernes 21 de mayo de 2021 un toque de queda para las provincias de Chiriquí y Veraguas de lunes a sábado desde las 10_00 p.m. hasta las 4:00 a.m., y una cuarentena total los días domingos, sin jornada laboral ni movilidad que comprenderá desde el sábado a las 10:00 p.m. hasta el lunes a las 4:00 a.m.
- Artículo 2 Todas las actividades industriales y comerciales que operan en ambas provincias podrán mantenerse abiertas en un horario de lunes a sábado hasta las 9:00 p.m.
La modificación del Decreto para las provincias de Chiriquí y Veraguas incluye también las siguientes excepciones en cuanto a la movilidad durante los domingos a:
- a. Las personas que requieran trasladarse a sus sitios de hospedajes previamente reservados, los cuales podrán circular única y exclusivamente para movilizarse a sus sitios de alojamiento o hacia sus residencias, presentando su constancia de reserva.
- b. Las personas que mantengan citas para vacunarse, que podrán circular a su centro de vacunación mostrando la constancia de su cita.
- c. Las personas y actividades contenidas en el artículo 12 del Decreto Ejecutivo No. 507 de 24 de marzo de 2020.
Sobre el Decreto N°774 en este se establece que: a partir del día lunes, 24 de mayo de 2021, el toque de queda para los distritos de Antón, Penonomé y La Pintada de la provincia de Coclé, de lunes a domingo desde las I0:00 p.m. hasta las 4:00 a.m.
En su artículo 2 se dicta que todas las actividades industriales y comerciales que operan en los distritos sujetos a la medida decretada en el artículo 1, podrán mantenerse abiertas cn un horario de lunes a domingo hasta las 9:00 p.m.
El Ministerio de Salud y las Fuerzas de Tareas Conjuntas estarán vigilantes en el cumplimiento de estos decretos y quienes los quebranten estarán sujetos a sanciones.
FUENTE: Redacción de ECO