La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional presentó el primer bloque de modificaciones al proyecto de ley 641 sobre Sustancia Económica, las cuales alcanzan el 70%, producto de las propuestas recibidas por los distintos gremios que participaron de las consultas.
Informó que para este jueves se espera la presentación del segundo bloque para que, posteriormente, se proceda a aprobarlo en primer debate y que pase al pleno legislativo.
Por su parte, el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, dijo que esta es una “Ley de panameños hecha para los panameños”, enfocada en mantener la competitividad del país donde el objetivo principal es preservar los trabajos existentes y crear las condiciones para que se generen nuevas plazas de trabajo en el sector privado.
“Por esta comisión han pasado un sinnúmero de profesionales que han participado con sus aportes, inquietudes y recomendaciones sobre cómo mejorar este proyecto de ley y el mensaje ha sido que el 70% de estas propuestas han sido recogidas por esta instancia legislativa”, recalcó.
Primeras modificaciones
Este primer bloque de modificaciones cuenta con alrededor de 10 artículos, entre los que se destaca el número uno que adiciona un capítulo denominado reglas de sustancia económica para rentas pasivas al título primero del libro cuarto del Código Fiscal para que sea el capítulo segundo y se corre la numeración de los siguientes capítulos.
Igualmente, se establecen las reglas de sustancia económica aplicables a las entidades integrantes de grupos multinacionales constituidas o domiciliadas en Panamá, que obtengan rentas pasivas de fuente extranjera, quienes deberán acreditar el cumplimiento de las condiciones previstas en este capítulo, a efecto de que dichas rentas no se consideren grabadas de manera excepcional de conformidad con el principio de territorialidad previsto en el marco normativo panameño.
Asimismo, se adiciona el artículo 707 al Código Fiscal para que la tarifa aplicable a rentas pasivas de fuente extranjera obtenida por entidades no calificadas, estarán sujetas a imposición de manera excepcional conforme con una tarifa única y definitiva del 15%.
Otra de las propuestas presentadas es que esta ley comenzará a regir, a partir del periodo fiscal del año 2027, y tendrá un periodo de 90 días para su reglamentación.
De igual manera, se modifica el título del proyecto de ley 641, porque modifica y adiciona artículos al Código Fiscal, relativos al impuesto sobre la renta y a la suspensa económica para determinadas rentas pasivas de fuente extranjera.



