El pleno de la Asamblea Nacional, aprobó en tercer debate de manera unánime (70 votos), el proyecto de Ley 641, que adiciona y modifica artículos al Código Fiscal en materia de impuesto sobre la renta, estableciendo requisitos de sustancia económica para determinadas rentas pasivas de fuentes extranjeras.
La propuesta, promovida desde el Órgano Ejecutivo, busca aplicar un proceso impositivo excepcional a las rentas pasivas de fuentes extranjeras no calificadas para hacerle frente a las llamadas empresas de papeles que no desarrollan actividades reales en el país, pero obtienen ingresos fuera de la jurisdicción nacional sin declararlos.
Además, a nivel fiscal, obliga a las multinacionales a demostrar que tienen operaciones físicas y actividad real en un país, más allá de solo buscar ventajas tributarias.
Para cumplir el fin, el artículo 707 del Código Fiscal, establece que los ingresos provenientes de rentas pasivas de fuentes extranjeras, obtenidos por una entidad no calificada, estarán sujetos a imposición, de manera excepcional, conforme a una tarifa única y definitiva del 15 % sobre la renta neta gravable en el periodo fiscal respectivo, sin que ello conlleve la generación de ningún otro impuesto.
En el marco de la discusión, según los criterios del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se presenta como un requerimiento esencial para que Panamá sea evaluado en la exclusión de las listas grises de la Unión Europea, lo que equivaldría también, para los nacionales, una cooperación a la generación de empleos con la posición de transnacionales tangibles.





