El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en su segundo debate el proyecto de ley 90, que incorpora el régimen de uso obligatorio de cámaras corporales para la Policía Nacional, tras una amplio análisis y posterior votación artículo por artículo de la iniciativa.
Se establece que el uso de las cámaras será en situaciones donde sea necesario mantener y restablecer el orden público, intervención en emergencias, operaciones de seguridad y vigilancia.
Al igual, en control de tráfico y aplicación de la Ley de Tránsito, cumplimiento de órdenes judiciales, mediación y resolución de conflictos y en todos los usos de fuerza por parte de los oficiales.
También especifica que este material video gráfico deberá ser almacenado, sin la posibilidad de ser editado o eliminado.
Los oficiales también se verán obligados a informarles a los ciudadanos que están siendo captados en cámara como procedimiento de la intervención policial; sin embargo, no necesitan el permiso del individuo para iniciar la grabación.
Los videos podrán ser revisados, posteriormente, para la realización de informes e incluso en la preparación de procedimientos judiciales.
Las tomas realizadas, desde las cámaras corporales de incidentes críticos, deberán ser publicadas por la Policía Nacional dentro del calendario de 30 días, posteriores al incidente grabado.
Las denominadas ‘bodycams’, se mantiene en uso en la Policía Municipal del distrito de Panamá, con el fin de documentar los hechos registrados durante la intervención de este cuerpo uniformado.
El documento recibió primer debate en la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional.