El procurador general de la Administración, Rigoberto González, considera inconstitucional el Artículo 1 de la Ley 406 que aprueba el contrato minero de concesión entre el Estado y Minera Panamá. El criterio emitido por el procurador González, solicitado por la Corte Suprema de Justicia, guarda relación con la demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Juan Ramón Sevillano.
1. La ausencia de licitación pública.
2. La ausencia de bienestar social e interés público.
3. Aprobación del contrato ley, por parte de la asamblea, sin realizar un análisis para calificar “de bueno y suficiente” el contrato de concesión.
4. Ausencia de una consulta pública efectiva y previa
5. Las cláusulas que restringen el acceso a la justicia.
6. Las cláusulas que comprometen el espacio aéreo, tierras y bienes del estado.
7. Las cláusulas que permiten la apropiación de bienes por parte de estados extranjeros.
En el Órgano Legislativo, reposan ocho demandas en contra del contrato presentadas por abogados que han sometido a consideración y discusión algunos artículos del documento convertido en ley.
Este 31 de octubre, el procurador de la nación, Javier Caraballo, le remite a la Corte Suprema de Justicia que el contrato minero, firmado entre el Estado y la empresa Minera Panamá, 'es inconstitucional'.