El Ejecutivo promulgó en Gaceta Oficial el decreto que reglamenta el uso de la planta en Panamá con fármacos comprimidos, cápsulas orales, gotas, flor procesada, inhaladores, ungüentos y cremas. Panamá se prepara para convertirse en el epicentro de importación y exportación del cannabis medicinal. Las expectativas crecen con la reglamentación de la ley por parte del Gobierno, para poner en marcha la producción de los medicamentos especiales con uso terapéutico.
En la Asamblea Nacional esperan que el costo de los fármacos sean económicos, y que no exista una especulación de precios como en los medicamentos genéricos.
La comercialización de los productos se hará bajo estricto control de importaciones, con un programa de trazabilidad que incluye monitoreo desde las áreas de cultivo hasta los laboratorios y puntos de venta final.
Decreto Ejecutivo
Las disposiciones del decreto ejecutivo son aplicables a todas las personas jurídicas que importen, exporten, reexporten siembren, cultiven, produzcan, fabriquen, que realicen análisis de laboratorio, adquieran a cualquier título, almacenen, transporten, comercialicen, distribuyan, efectúen la disposición final, dispense, utilicen cannabis y sus derivados con fines medicinales.
Nota relacionada: Nito Cortizo firma decretos de uso del cannabis medicinal
Las autoridades responsables del control, vigilancia y supervisión son el Ministerio de Salud (Minsa) y el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), en coordinación con el Ministerio de Seguridad, Ministerio de Comercio e Industrias, la Autoridad Nacional de Aduanas y la Autoridad de Innovación Gubernamental.
De acuerdo con el decreto, el Minsa, a través de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, es la entidad competente para expedir la licencia de fabricación de derivados de cannabis medicinal y de investigación científica.
Para su ingreso al país, indica el decreto, cada lote de producto deberá acompañarse de una certificación expedida por un laboratorio autorizado en el país de origen, que confirme que el mismo contiene menos de 1% de Tetrahidrocannabinol (THC). El Minsa establecerá las pruebas de laboratorio que serían necesarias para confirmar la potencia de THC.
Las formas farmacéuticas autorizadas en Panamá serán: comprimidos y cápsulas orales, gotas orales, flor procesada, inhaladores orales, ungüentos, cremas, supositorios, parches transdérmicos, extractos, tinturas, aceites y toda presentación comestible registrada como medicamento.




