El Gobierno de Nicaragua acusó al de Panamá de violar las Convenciones sobre Asilo por negar el salvoconducto para abandonar el territorio panameño al expresidente Ricardo Martinelli, que se encuentra refugiado en la embajada nicaragüense en el país canalero.
"No reconocer el asilo y negar el salvoconducto constituye una violación a las Convenciones sobre Asilo, en particular al Artículo 2, Disposición Tercera, de la Convención sobre Asilo de 1928, que establece claramente que el Gobierno del Estado que otorga el asilo podrá exigir que el asilado sea puesto fuera del territorio nacional dentro del más breve plazo posible", indicó el Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua en una nota enviada a la de Panamá. "No reconocer el asilo y negar el salvoconducto constituye una violación a las Convenciones sobre Asilo, en particular al Artículo 2, Disposición Tercera, de la Convención sobre Asilo de 1928, que establece claramente que el Gobierno del Estado que otorga el asilo podrá exigir que el asilado sea puesto fuera del territorio nacional dentro del más breve plazo posible", indicó el Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua en una nota enviada a la de Panamá.
Según Managua, el agente diplomático del país que hubiere acordado el asilo, podrá a su vez exigir las garantías necesarias para que el asilado salga del país, respetándose la inviolabilidad de su persona, que, a su juicio, sería el caso de Martinelli.
Asimismo, argumentó Nicaragua, conforme al Artículo 2 de la Convención sobre Asilo Político de 1933, corresponde al Estado que presta el asilo, la calificación política del mismo.
"El asilo político debe ser respetado como un derecho humanitario, de acuerdo al derecho internacional y las leyes del país que otorga el asilo", remarcó la Cancillería nicaragüense.
En tal sentido, Nicaragua reiteró que el asilo al expresidente Martinelli "ha sido concedido por considerarse perseguido por razones políticas y encontrarse en riesgo inminente su vida, integridad física y seguridad".
Managua destacó además, su apego y cumplimiento al derecho Internacional, en especial a la Convención sobre Asilo suscrita en La Habana en 1928 y la Convención sobre Asilo Político adoptada en Montevideo en 1933.
"Nicaragua reafirma su respecto al derecho internacional y al principio de no Injerencia en los asuntos internos de otros Estados; el otorgamiento del asilo al señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal es un asunto meramente humanitario y es consecuente con el Derecho Internacional en esta materia", subrayó. "Nicaragua reafirma su respecto al derecho internacional y al principio de no Injerencia en los asuntos internos de otros Estados; el otorgamiento del asilo al señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal es un asunto meramente humanitario y es consecuente con el Derecho Internacional en esta materia", subrayó.
El Ministerio de Exteriores de Panamá informó el viernes que "la solicitud de salvoconducto" para abandonar el territorio panameño al expresidente Martinelli "ha sido denegada", por lo que no podrá viajar a Nicaragua, donde recibió asilo político.
"La solicitud de salvoconducto para la salida del territorio de la República de Panamá del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal ha sido denegada en base a lo que dispone el Artículo 1 de la Convención sobre Asilo de 1928 y de la Convención sobre Asilo Político de 1933", anunció la Cancillería en un comunicado. "La solicitud de salvoconducto para la salida del territorio de la República de Panamá del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal ha sido denegada en base a lo que dispone el Artículo 1 de la Convención sobre Asilo de 1928 y de la Convención sobre Asilo Político de 1933", anunció la Cancillería en un comunicado.
La Cancillería panameña reveló que el viernes convocó a su sede a la embajadora de Nicaragua en Panamá, la periodista Consuelo Sandoval Meza, a quien se le hizo entrega de la nota mediante la cual se informa al Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua del rechazo de la solicitud de salvoconducto para que Martinelli abandone el país.
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Nicaragua acusa a Panamá de violar Convenciones sobre Asilo.
Además, recordó a la embajadora la "obligación de garantizar que la sede de la Misión Diplomática a su cargo preserve las funciones que está llamada a cumplir (...) por lo que la misma no debe ser utilizada de manera incompatible".
"En tal sentido, toda acción, declaración o comunicación que realice el expresidente Ricardo Alberto Martinelli Berrocal desde la sede diplomática y repercuta o impacte en la política doméstica de Panamá, será considerada una injerencia en los asuntos internos de nuestro país y, por tanto, generará consecuencias diplomáticas", concluye el comunicado de Panamá. "En tal sentido, toda acción, declaración o comunicación que realice el expresidente Ricardo Alberto Martinelli Berrocal desde la sede diplomática y repercuta o impacte en la política doméstica de Panamá, será considerada una injerencia en los asuntos internos de nuestro país y, por tanto, generará consecuencias diplomáticas", concluye el comunicado de Panamá.
El expresidente continúa este sábado, por cuarto día consecutivo, refugiado en la embajada de Nicaragua en Panamá, después de que ese país le otorgara asilo, y desde donde se ha pronunciado abiertamente contra el Gobierno panameño por lo que el considera una persecución política contra su persona.
Se espera una orden de detención hacia Martinelli por la sentencia a más de 10 años de prisión y la multa de 19,2 millones de dólares por blanqueo de capitales, condena que tras quedar en firme la semana pasada el expresidente solicitó el asilo alegando, que además de ser un perseguido político, hay un plan desde el Gobierno para asesinarlo.