La tarde de este miércoles se publicó en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo 44 del 6 de abril, firmado por el Presidente Laurentino Cortizo y la Ministra de Salud (Minsa), Ivette Berrío, que establece medidas sobre la realización de actividades concurridas específicas; se permitirá que haya fondas y expendio de comida, así como discotecas, eventos con música en vivo, actividades bailables y cantaderas en los siguientes eventos:
Además se permitirán los desfiles de carretas, carros alegóricos, bandas y similares con delegaciones limitadas de 50 personas. Deberán cumplir con distanciamiento entre una y otra delegación con la medida de bioseguridad como uso de mascarilla higiene de manos y con la normativa vigente.
Las actividades contempladas en el presente decreto ejecutivo deberán cumplir con lo establecido dentro del decreto ejecutivo número 852 del 29 de septiembre del 2021 sobre los aforos permitidos en actividades bailables y el decreto ejecutivo número 37 del 28 de marzo del 2022 sobre el uso de mascarillas en espacios abiertos y las demás medidas de bioseguridad y normativa vigente
El Ministerio de Salud en coordinación con los estamentos de seguridad pública y la fuerza de tarea conjunta velara por el cumplimiento de las medidas establecidas en el presente decreto.
La contravención a las disposiciones como medidas de bioseguridad contenidas en este decreto ejecutivo será sancionada por la autoridad de acuerdo con sus competencias.
El presente decreto ejecutivo deroga el decreto ejecutivo número 903 del 30 de diciembre del 2021 y toda disposición reglamentaria que sea contraria.
El presente decreto empezará a regir a partir de su promulgación firmada por el presidente de la República Laurentino Cortizo Cohen y la Ministra de Salud encargada (Minsa) Ivette Berrío.




