NACIONALES Nacionales -  12 de enero de 2026 - 15:42

Ejecutivo establece horarios extendidos por cierre de oficinas públicas por Carnaval 2026

El decreto del Ejecutivo recuerda además que el martes 17 de febrero de 2026, correspondiente al Martes de Carnaval 2026, es día de descanso obligatorio.

Horarios extendidos

La medida quedó formalizada mediante el Decreto Ejecutivo No. 3 del 12 de enero de 2026, que ordena el cierre en todo el territorio nacional de las oficinas públicas, nacionales y municipales en ambas fechas, con motivo de las festividades del Carnaval, y dicta otras disposiciones administrativas.

De acuerdo con el decreto, los funcionarios deberán laborar una hora adicional después de su horario regular de salida durante 16 días específicos, como mecanismo de compensación por el tiempo no laborado.

Fechas con horario extendido

El decreto establece que la hora adicional deberá cumplirse los días:

12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de enero, así como el 2 de febrero de 2026.

Instituciones exceptuadas del cierre

La disposición aclara que no todas las entidades públicas suspenderán labores los días 16 y 18 de febrero. Quedan exceptuadas aquellas instituciones que, por la naturaleza de los servicios que prestan, deben mantenerse operativas, entre ellas:

  • Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (Idaan)

  • Instituciones de salud del Ministerio de Salud (Minsa) y la Caja de Seguro Social (CSS)

  • Servicios postales

  • Cuerpo de Bomberos

  • Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc)

  • Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT)

  • Metro de Panamá y Metrobus

  • Servicio Nacional de Migración

  • Fuerza Pública

  • Autoridad Aeronáutica Civil

  • Aeropuerto Internacional de Tocumen

  • Autoridad Nacional de Aduanas

  • Autoridad de Aseo

  • Empresa de Transmisión Eléctrica (Etesa)

  • Empresa de Generación Eléctrica (Egesa)

  • Cuarentena Agropecuaria

  • Autoridad de los Puertos de Panamá (APA)

  • Entidades auxiliares al comercio internacional que operan en puertos y aeropuertos

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Martes de Carnaval es día de descanso obligatorio

El decreto recuerda además que el martes 17 de febrero de 2026, correspondiente al Martes de Carnaval, es día de descanso obligatorio, conforme a lo establecido en el artículo 46 del Código de Trabajo.

La medida busca ordenar la operatividad del sector público durante el período festivo, garantizando al mismo tiempo la continuidad de los servicios esenciales a la población.