La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), comunicó que el plazo para el pago de la tercera estimada de Impuesto sobre la renta, la tercera cuota del Seguro Educativo y la tercera cuota del Impuesto de Inmueble, para persona natural y jurídica, fue extendido hasta el 3 de enero de 2023.
La administración tributaria, exhorta a los contribuyentes a cumplir de forma puntual y voluntaria con las responsabilidades fiscales, como lo dicta el Código Fiscal, para evitar recargos e intereses en su cuenta corriente.
El saldo a pagar, puede ser consultado en la cuenta corriente del contribuyente a través del vínculo: dgi.mef.gob.pa o de la plataforma e-Tax 2.0.
Entrega de registros contables
Por otro lado, la entidad también comunicó que el plazo para que determinadas personas jurídicas entreguen la primera declaración jurada de registros contables ha sido extendido hasta el 15 de julio de 2023.
La extensión se estableció mediante Resolución No.201-9150 del 15 de diciembre de 2022 y la presentación de la declaración jurada de los registros contables debe hacerse en el sistema e-Tax2.0 de la DGI, con lo cual el agente residente debe contar con su debido RUC y NIT.
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También se informó que para presentar la primera declaración en mención el agente residente deberá contar con el debido RUC y NIT para la presentación de dicho documento a través del sistema E TAX 2.0.
La presente normativa tiene como objetivo brindar la flexibilidad necesaria para la presentación de los registros contables y copias de estos a los agentes residentes, fundamentado en el marco regulatorio que se establece en la Ley 52 de 2016 y sus modificaciones.