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Corte Suprema suspende uso de fondos de la descentralización

Sin entrar en el fondo de la demanda, la Corte Suprema consideró necesario atender la solicitud Interpuesta por el abogado Roberto Ruíz Díaz.

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), bajo la ponencia del magistrado Carlos Alberto Vásquez Reyes, accedió a la suspensión provisional de la decisión del Consejo Municipal de Panamá de permitir el uso del cien por ciento del Fondo de Inversión y Asistencia Social de las juntas comunales en los primeros seis meses del año 2024.

Sin entrar en el fondo de la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por el abogado Roberto Ruíz Díaz, la Sala Tercera consideró necesario atender la solicitud especial formulada por el demandante, y que hace referencia a la medida cautelar de suspensión provisional del acto administrativo emitido por el Consejo Municipal de Panamá, mediante Acuerdo Municipal No.351 del 5 de diciembre de 2023.

En lo medular de la decisión avalada por los magistrados Cecilio Cedalise Riquelme y María Cristina Chen Stanziola, se pondera que no podría el Consejo Municipal de Panamá comprometer la totalidad de su Fondo de Inversión y Asistencia Social de las Juntas Comunales que componen el distrito para el año fiscal 2024, a falta de menos de seis (6) meses de culminación del mandato, toda vez que el artículo 31 de la Ley 37 de 29 de junio de 2009, prohíbe que en dicho período (últimos seis meses de mandato) se comprometa más del 50% del Presupuesto Anual de Operación e los Gobiernos Locales.

Lo anterior, con el objeto de contar con un manejo prudente de las finanzas públicas locales, en cumplimiento del Principio de Responsabilidad Fiscal; destacó la Sala Tercera.

En ese sentido, los magistrados de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, fueron de la opinión que la solicitud especial de suspensión provisional del acto administrativo, parece encontrar sustento jurídico, motivo por el cual accedió a la petición de medida cautelar, para evitar un perjuicio notoriamente grave.

Advirtió el Tribunal que esta decisión no constituyen una opinión definitiva sobre la controversia, toda vez que las cuestiones jurídicas que forman parte de la misma, se dilucidarán oportunamente al decidir el fondo del proceso demandado.

PRESUPUESTO DE LA ALCALDÍA DE PANAMÁ 23 NOVIEMBRE.jpg
Sin entrar en el fondo de la demanda, la Corte Suprema consideró necesario atender la solicitud Interpuesta por el abogado Roberto Ruíz Díaz.

Sin entrar en el fondo de la demanda, la Corte Suprema consideró necesario atender la solicitud Interpuesta por el abogado Roberto Ruíz Díaz.