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Asamblea Nacional aprueba ley, pago de prima de antigüedad

Según la Asamblea Nacional, el beneficio de la prima de antigüedad, que existe hoy para el sector privado, ahora lo podrán recibir los servidores públicos.

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 776 que crea la norma que crea el Certificado Negociable para Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos (CEPPAN) que beneficia a ese grupo de panameños desde el año 2014 cuando se equilibró este derecho con el sector privado.

Según la Asamblea Nacional, el beneficio de la prima de antigüedad, que existe hoy para el sector privado, ahora lo podrán recibir los servidores públicos luego de aprobarse, en tercer debate, el proyecto de Ley No. 726.

En la sustentación de la iniciativa, se relató que la mayoría de las instituciones no hicieron las reservas necesarias para hacerle frente a ese principio laboral y que mantiene en espera a más de 22,000 servidores del Estado, que algunos a la fecha ya están pensionados y que no se han retirado porque están a la espera de dicho reconocimiento.

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La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 776 que crea la norma que crea el Certificado Negociable para Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos (CEPPAN).

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 776 que crea la norma que crea el Certificado Negociable para Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos (CEPPAN).

Con esta iniciativa legal, se da la oportunidad de un sistema para el pago de la prima de antigüedad que asciende a más de B/.40 millones adeudados a los actuales y ex servidores públicos del país.

Le corresponderá a la Contraloría de la República, verificar la evaluación, confección y programación, de pagos correspondientes de entrega de los CEPPAN. Igualmente, la comunicación al público, de la fecha y metodologías para la entrega de estos beneficios.

La normativa también estipula que los trabajadores del Estado que se hayan desvinculado del sector público y que luego de un periodo han sido contratados y estén activos, podrán renegociar el título en el Banco Nacional, Caja de Ahorros u otras instituciones bancarias, que tengan a bien asumir dicho compromiso.

Igualmente, los servidores públicos, que les asiste el derecho de la prima de antigüedad desde el 1 de enero de 2014, por razón de renuncia, despido, por pensión de invalidez o riesgo profesional, incapacidad permanente, tendrán derecho a que se les cancele dicha prima.